Sin garras fiscalización de las campañas políticas
A casi un año de las próximas elecciones, el Centro de Periodismo Investigativo encontró que un 73% de los candidatos auditados por la Oficina del Contralor Electoral y sus respectivos comites incumplieron con sus responsabilidades de reporte de gastos e ingresos de campaña.
Sin embargo, la mayoría de estos correrá impunemente en los comicios del 2016 porque las violaciones no tienen consecuencias tras los últimos cambios a la Ley para la Fiscalización de las Campañas Políticas en Puerto Rico (Ley 222), que incluyen la eliminación de delitos electorales.
De los 112 candidatos auditados y sus respectivos comités, la mayoría dejó de reportar ingresos, gastos, y cuentas por pagar en sus informes; no detalló, ni registró donativos mayores de $200 recibidos como requiere la ley; o se vio obligado a devolver donativos en exceso a lo permitido por ley, reveló la investigación del Centro de Periodismo Investigativo. El 78% de los 513 candidatos que estuvieron en la contienda ni siquiera fueron auditados porque, según el contralor electoral Manuel Torres, esto no es viable con los recursos existentes.
Un análisis a las auditorías realizadas por la Oficina del Contralor Electoral del ciclo electoral pasado destapa que sobre 500 informes tuvieron que ser enmendados para incluir cientos de miles de dólares de dinero de campaña que nunca se registró. Además, hay una serie de transacciones que en el pasado ordenamiento eran delitos y que ahora no lo son, por lo que se dificulta imponer sanciones a los políticos que no manejan correctamente el dinero recaudado.
Se trata de un patrón que no conlleva consecuencias para los políticos más allá de alguna multa porque al final la ley no penaliza a los violadores.
'Toda infracción a la ley que no esté tipificada como delito constituirá una falta administrativa que será impuesta por la Oficina del Contralor', dice la ley; proveyendo además, múltiples oportunidades a los candidatos para explicar sus fallas y enmendar los informes de ingresos y gastos.
'Esta ley aunque da más poderes al Contralor, le hace más difícil la tarea de auditar. Al eliminar la mayoría de los delitos, el Contralor, en la práctica, confronta problemas cuando encuentra fallas en la auditoría. No tiene más remedio que imponer una multa sobre situaciones que hubieran sido graves en la pasada ley electoral', afirmó al CPI Luis F. Mendoza Rodríguez, pasado Auditor Electoral.
Precisamente, Mendoza se opuso a los cambios a la ley durante el proceso de vistas públicas de la Comisión Especial de Reforma Gubernamental anticipando que la propuesta de ley no daba garras para la fiscalización de los donativos políticos al eliminarse los delitos vinculados a actuaciones ilegales de los candidatos, tales como violaciones al ordenamiento electoral; contribuciones prohibidas; petición o recibo ilegal de contribuciones; gastos ilegales de campañas; ofrecimientos de puesto,entre otros. Se eliminó además el artículo que tipificaba como delito pedir o recibir donativos mayores a los límites de la ley. Este delito antes no prescribía, pero ahora no es considerado delito.
El proceso de auditoría fue realizado en orden aleatorio mediante sorteo de la lista de las 130 candidaturas, es decir, las posiciones a cargos públicos que figuran en las papeletas. En el proceso se auditan a los candidatos de los partidos políticos que aspiraron a esta. La OCE alcanzó a auditar las primeras 30 candidaturas de ese listado; además de los comités centrales de los seis partidos políticos y sus candidatos a la gobernación. En el caso de las alcaldías, se auditó al candidato y a los comités municipales de los partidos políticos. No se auditaron los candidatos a senadores y representantes por acumulación.
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