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Delegación del PIP en la Legislatura presenta medidas que buscan reducir brecha de inequidad por razón del género

El conjunto de medidas comprende cinco Proyectos de Ley y dos Resoluciones Conjuntas.

El representante Denis Márquez y la senadora María de Lourdes Santiago.
Foto: CyberNews

La delegación legislativa del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) presentó el lunes, en ocasión de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer Trabajadora, un conjunto de medidas legislativas dirigidas a reducir la brecha de inequidad que todavía existe por razón del género.

“No hay duda de lo mucho que hemos avanzado en las últimas décadas”, indicó la portavoz senatorial María de Lourdes Santiago en comunicación escrita, “pero todavía persisten el discrimen y la inequidad, evidenciadas en la violencia de género, en la paga desigual en ciertos renglones laborales, en la falta de reconocimiento al valor del trabajo doméstico no remunerado, en políticas médicas discriminatorias, como la realización de cesáreas sin justificación clínica, y en la negativa a incorporar la perspectiva de género no sólo al currículo escolar sino a toda gestión gubernamental.”

Por su parte, el representante Denis Márquez Lebrón, resaltó el compromiso “histórico e inquebrantable” del PIP en la lucha por garantizar y adelantar los derechos de las mujeres, al tiempo que describió las medidas legislativas radicadas hoy como “un paso importante en la lucha por lograr la equidad de género y seguir promoviendo la concienciación social en este asunto”.

El conjunto de medidas comprende cinco Proyectos de Ley y dos Resoluciones Conjuntas. Las mismas se desglosan de la siguiente manera:

- PS 223 / PC 569: Ley para implementar el Plan para Cuantificar el Trabajo No Remunerado en Puerto Rico. El trabajo no remunerado que ha sido socialmente asignado a las mujeres ha generado una clasificación de personas que trabajan sin remuneración ni derechos laborales. Este es uno de los muchos impedimentos que tienen distintas mujeres para acceder al mercado laboral y lograr independencia financiera. Esta ley propone la creación de un Comité Especial para Cuantificar el Uso de Tiempo en Puerto Rico, encargado, entre otras cosas, de medir el impacto que el trabajo no remunerado tiene en la economía del país y analizar la disparidad entre géneros asociada a la participación en el trabajo no remunerado. Los estudios resultantes serán de utilidad para articular política pública sensible a las particularidades de la mujer puertorriqueña.

- PS 224 / PC 567: Para enmendar la Ley para Reglamentar el Período de Lactancia o de Extracción de Leche Materna. Esta enmienda tiene por objetivo eliminar la restricción de límite de tiempo que tienen las madres trabajadoras para extraerse leche materna o lactar a su hijo o hija durante la jornada laboral y aclarar que el tiempo utilizado para esos fines será considerado tiempo trabajado.

- PS 225 / PC 570: Ley para el Acceso a la Información de Estadísticas de Cesáreas en Puerto Rico. Según las estadísticas más recientes del Departamento de Salud, la tasa de cesáreas en Puerto Rico ascendía a 46% en 2016. Ese porciento excede significativamente la tasa recomendada por la Organización Mundial de Salud, que oscila entre 10 y 15% e implica una serie de riesgos importantes a la salud de la mujeres y personas gestantes. Esta ley propone que la División del Registro Demográfico del Departamento de Salud publique trimestralmente datos asociados a los nacimientos en Puerto Rico, incluyendo los niveles de riesgo reconocidos en la práctica general de la obstetricia, e incluirán datos como tiempo de gestación, condiciones médicas y cesáreas previas.

- PS 226 / PC 568: Ley para Garantizar el Análisis con Perspectiva Género en toda gestión de las tres ramas del Gobierno de Puerto. Esta Ley tendrá como propósito integrar un análisis de perspectiva de género en los reglamentos y funciones de nuestras instituciones. Tomando en cuenta que la política pública afecta de manera particular a las mujeres, ubicándolas usualmente en una posición de desventaja, tenemos la responsabilidad de identificar y corregir las instancias que producen ese trato desigual.

- PS 227 / PC 571: Ley para la prevención, detección y tratamiento efectivo de la depresión posparto. La depresión es una condición incapacitante y, en el caso del puerperio, afecta negativamente el bienestar de la madre y de su criatura. En Puerto Rico, la mayoría de las madres no son evaluadas con el propósito de detectar esta condición, por lo que muchas mujeres quedan a su suerte y confrontan la depresión sin una red de apoyo adecuada, y sin las herramientas formales que ofrecen las disciplinas de salud mental. Esta Ley se crea con el propósito de subsanar los impedimentos estructurales que limitan el acceso de nuestras madres y personas gestantes a los servicios de salud mental.

Resoluciones Conjuntas

- RCS 35 / RCC 80Para ordenar a la Junta de Directores de la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR) y al Presidente de la corporación, a realizar una campaña educativa sobre la perspectiva de género.

Las campañas publicitarias educativas o preventivas tienen un gran potencial para transformar las sociedades y encaminarlas hacia unas verdaderamente equitativas. Estas pueden ayudar a prevenir la violencia de género en sus distintas manifestaciones y para eliminar los estereotipos de género que perpetúan la desigualdad. Esta resolución establece como función de WIPR, como difusor principal en Puerto Rico, incorporar una campaña educativa sobre la perspectiva de género como herramienta para erradicar las desigualdades basadas en el género y las violencias que genera.

- RCS 36 / RCC 81Para ordenar al Departamento de la Familia establecer el “Programa de Respiro Familiar” que preste atención temporal de calidad a personas adultas con diversidad funcional en situaciones de dependencia.

Se estima que la cantidad de personas con diversidad funcional en Puerto Rico son 723,525. De esa población, 328, 387 tienen alguna condición física, mental o emocional que no les permite desempeñarse de forma independiente. Las personas cuidadoras principales, en su mayoría mujeres, corren el riesgo de sufrir ansiedad, estrés y falta de energía. Con esta resolución se propone un relevo temporal de las funciones del cuidador, siendo el Departamento de la Familia, quien provea este servicio.