Malabares contributivos para tapar el roto de las exenciones en impuesto a servicios
Como parte de la Ley 159 la Legislatura aprobó una ventana de contribución especial aplicable a los pagos de dividendos a accionistas para compensar la baja en recaudos por las exenciones aprobadas al impuesto sobre servicios, o B2B, de 4%.
En la legislación se establece que la contribución de 8% será efectiva para cualquier distribución de dividendos que se realice entre el 1 de octubre de 2015 al 31 de diciembre de 2015.
La contribución, que se aplicaría sobre el monto total recibido por un accionista, sustituirá otro tipo de impuestos como lo son la Contribución Alternativa Mínima y la Contribución Básica Alterna.
Cabe señalar que en el Código de Rentas Internas aprobado en el 2011, se estipuló la contribución especial para la distribución de dividendos con una tasa de 10%.
Sin embargo, el contador público autorizado Kenneth Rivera, quien preside el Comité de Asuntos Contributivos del Colegio de Contadores Públicos Autorizados, recordó que el año pasado se aprobó la Ley 77, que incrementó la tasa de dicha contribución a un 15%.
Abundó que recientemente se aprobó una ventana para el prepago de dichas contribuciones. A través de la Ley 44 del 2015 se dispuso que se pagaría una contribución especial de 5% por la distribución de dividendos que se realizaran entre el 1 de enero de 2015 y el 30 de abril de 2015. Luego, la tasa subiría al 8% para las distribuciones de dividendos que se efectuaran entre el 1 de mayo de 2015 al 30 de junio de 2015.
A su vez, Rivera, destacó que esta nueva ventana, lo que intenta es compensar el desfase de $50 millones de recaudos que provocó la aprobación de un cúmulo de exenciones al nuevo IVU de 4% que aplica a las transacciones entre negocios (B2B) y los servicios prestados por los profesionales designados. No obstante, planteó que aun con esta ventana los recaudos se quedan $20 millones por debajo.
De hecho, el propio secretario Auxiliar de Rentas Internas del Departamento de Hacienda, Víctor Pizarro, reconoció a este diario digital que 'las exenciones aprobadas al IVU de 4% representan una reducción de $50 millones (en recaudos) aproximadamente, pero la medida para el pago de dividendos deja una diferencia de entre $20 y $25 millones que se cubrirá con una reserva de $150 millones que tiene la Oficina de Gerencia y Presupuesto. Ahora bien, las exenciones van a representar un reto en cuanto al flujo de efectivo del Fondo General'.
De otro lado, Rivera opinó que generalmente este tipo de ventanas para el pago de la contribución especial que se aplica a las distribuciones de dividendos, generan buena acogida entre los contribuyentes. Aunque admite representa una pérdida potencial en recaudos para el fisco de unos $30 millones.
No obstante, Pizarro, indicó que 'esta ventana está dirigida a corporaciones domésticas que normalmente no hacen distribuciones de dividendos de forma recurrente. Por tanto, la reducción de la contribución incentiva que dichas corporaciones hagan distribuciones en un periodo donde no se hubiesen hecho si no existiese la tasa reducida. Por tanto, al estar incentivando la distribución de dividendos, contrario a una reducción, la ventana representaría recaudos adicionales de unos $30 millones aproximados para el Departamento de Hacienda'.