Educación asegura legitimidad de subasta de seguridad
“Genesis incumplió totalmente con su obligación de incluir la fianza requerida”, alega Educación
En respuesta a la controversia sobre la legalidad del proceso de subasta que pretende adjudicar un contrato de cerca de $120 millones a GM Sectec Corp. (“GM”), el Departamento de Educación (“Educación”) emitió una declaración escrita donde asegura que el proceso ha transcurrido de conformidad con los reglamentos. La Junta Revisora de la Administración de Servicios Generales (ASG) ordenó la paralización inmediata del proceso de contratación entre el Departamento de Educación de Puerto Rico y GM. Según Educación, la adjudicación no fue arbitraria y se confirmó toda vez que GM fue el único licitador que cumplió,
La competencia en controversia está centrada en la prestación de servicios de vigilancia electrónica en cerca de 800 escuelas. El proceso de subasta inició formalmente en octubre del pasado año y “desde entonces, la Junta de Subastas del Departamento de Educación ha permanecido inalterada, garantizando la continuidad y la transparencia en todas las etapas del trámite. Todos los procesos se han llevado a cabo en el marco de la ley y los reglamentos aplicables”, lee el comunicado emitido por la agencia.
El Departamento de Educación aclaró que una vez sometida la revisión del proceso a la ASG le corresponde solo proveer la información que se les requiera, lo que alegan estar cumpliendo.
Según el documento sometido por el licenciado Kevin J. Cotto Cruz en representación de Educación, la descalificación de Génesis fue como resultado de la “omisión insubsanable” de entregar la fianza de licitación. Cotto Cruz expuso que la exigencia de una fianza provisional formó parte de los requisitos fundamentales del pliego, y su presentación al momento de someter la propuesta de servicios condicionaba la validez de esta. De ordinario, la fianza de licitación es requerida por el gobierno para garantizar la formalidad de la oferta presentada, y asegurar la capacidad económica del licitador para responder financieramente en caso de retirada injustificada. El abogado detalló que la importancia de la fianza es proteger “el interés público al desalentar ofertas temerarias y resguardar al erario de perdidas si el adjudicatario incumple con la firma del Contrato”.
“Dicha omisión no constituye una desviación menor ni un detalle técnico, sino un incumplimiento sustancial de las condiciones expresamente indicadas como insubsanables”, argumentó Cotto, al enfatizar que el Reglamento 9230, prohíbe a la Junta de Subastas ignorar de este tipo de deficiencias materiales. “Genesis incumplió totalmente con su obligación de incluir la fianza requerida”, por cuanto Cotto Cruz solicitó que se declare no ha lugar el recurso de revisión solicitado por la empresa.
Se espera que ASG emita una determinación final esta semana.