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Gobierno

Nueva tarifa temporera para exportación de neumáticos

Junta de la JCA aprueba resolución de aumento

La Junta de Gobierno de la Junta de Calidad Ambiental (JCA) aprobó una resolución que establece la nueva tarifa temporera para la exportación de neumáticos desechados en Puerto Rico, informó el martes, la presidenta de esa dependencia, licenciada Tania Vázquez Rivera.

El citado estatuto dispone que la nueva tarifa, con vigencia hasta el 7 de agosto del año en curso, será de 0.065 centavos por libra para la exportación de neumáticos enteros y 0.041 centavos para la libra de los triturados. Esto supone un aumento en comparación con el Reglamento Tarifario para el Manejo y Disposición de Neumáticos que establece 0.053 centavos por libra para la actividad de exportación de neumáticos enteros y 0.030 centavos para los triturados.

La Resolución 18-65 tambien dispone que cualquier persona que infrinja las condiciones y terminos del estatuto se expone a la imposición de sanciones y multas administrativas que no excederán de $25 mil por cada infracción por día.

'Mientras se dilucida la necesidad de enmiendas al Reglamento Tarifario, esta Junta ha estado aprobando, mediante resoluciones, una tarifa temporera para la exportación de neumáticos desechados mayor a la dispuesta en el Reglamento', lee parte de la Resolución 18-65 de la JCA.

'Reconocemos que el establecimiento de una tarifa temporera mayor a la reglamentada ha resultado en un alivio al momento de mermar las recientes crisis y ha atendido con inmediatez la acumulación a la intemperie de neumáticos. No obstante, estas medidas fueron tomadas en momentos que el Fondo para el Manejo de Neumáticos Desechados se encontraba robusto en terminos fiscales', agrega el documento de 4 páginas.

La semana pasada Vázquez Rivera sostuvo que la tarifa no podía aumentar, como piden algunos exportadores, pues el dinero en el fondo está congelado por la Junta de Control Fiscal, lo que impide extender la tarifa temporera al margen que solicitan los peticionarios, que es de 0.075 centavos por libra.

La Resolución 18-65 también dispone que cualquier persona que infrinja las condiciones y términos del estatuto se expone a la imposición de sanciones y multas. (Josian Bruno / Archivo NotiCel)
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