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Gobierno

Gobernadora advierte que negocios que incumplan orden podrán perder licencia de rentas internas

Las revocaciones de licencias se notificarán por SURI

(Archivo / NotiCel)
Foto: Nahira Montcourt

La gobernadora Wanda Vázquez Garced alertó el martes que todos los comerciantes están obligados a cumplir con la Orden Ejecutiva 2020-023, que establece el toque de queda ante el estado de emergencia causado por la amenaza del coronavirus COVID-19, o de lo contrario se exponen a la suspensión de las licencias de rentas internas y del expendio de bebidas alcohólicas, respectivamente, efectivo de manera inmediata.

“Emitimos esta Orden Ejecutiva con el fin de proteger la salud, la vida y seguridad de los ciudadanos, y establecimos que se implementarán las sanciones y multas correspondientes por cualquier ley aplicable en caso de incumplimiento por parte de cualquier persona y/o empresa con las disposiciones de dicha orden. Cónsono con lo anterior, y a través del Departamento de Hacienda, se notifica a todos los comerciantes que se podrá suspender o revocar las licencias de rentas internas y bebidas alcohólicas de no cumplir con la Orden Ejecutiva”, expresó la gobernadora en comunicación escrita.

El pasado 12 de marzo, la primera ejecutiva emitió la Orden Ejecutiva Número 2020-020, con la que declaró a Puerto Rico en estado de emergencia ante la amenaza del coronavirus COVID-19 en la isla. En dicha orden ejecutiva, se requirió a todas las agencias del gobierno de Puerto Rico a implementar todas aquellas medidas necesarias para prevenir y controlar la diseminación de este virus y proteger el bienestar de todos los residentes de Puerto Rico.

Posteriormente, el 15 de marzo de 2020 Vázquez Garced emitió la Orden Ejecutiva 2020-023, en la cual se establece un toque de queda de 9:00 de la noche a 5:00 de la mañana, ordenando así a todos los individuos a permanecer en sus hogares por un periodo de 14 días y limitando el uso de las vías públicas, salvo ciertas instancias. Además, la Orden Ejecutiva decreta un cierre de las operaciones gubernamentales, así como el cierre de todos los comercios en Puerto Rico.

La primera ejecutiva reiteró que la Sección Quinta de dicha orden dispone que el cierre total será de aplicación a todos los comercios, incluyendo, pero sin limitarse a: centros comerciales, cines, discotecas, salas de conciertos, teatros, salones de juego, casinos, parque de atracciones, gimnasios, bares o cualquier lugar similar o evento que propicie la reunión de un grupo de ciudadanos en un mismo lugar.

Por otro lado, la Sección 6023.03 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico, según enmendado, establece que el Secretario de Hacienda queda igualmente autorizado a revocar o suspender la licencia de venta de bebidas alcohólicas si se viola con la Orden Ejecutiva.

A tales efectos, la Sección Octava de la orden ejecutiva 2020-023 indica que se implementarán las sanciones y multas establecidas por cualquier ley aplicable en caso de incumplimiento por parte de cualquier persona y/o empresa con las disposiciones de dicha orden.

“A tenor con lo antes expuesto, el Departamento de Hacienda determina que todo negocio, sitio, almacén o establecimiento comercial poseedor de una licencia de rentas internas que dejare de cumplir con lo dispuesto en la Orden Ejecutivo conllevará la suspensión inmediata de dicha licencia por un término no menor de seis meses", agregó Vázquez Garced.

Por otra parte, el secretario del Departamento de Hacienda, Francisco Parés, dijo que con el propósito de salvaguardar el debido proceso de ley que exige nuestro ordenamiento y hacer valer lo dispuesto en la Sección 6023.03(c), el Departamento determina que toda suspensión o revocación de licencias, así como toda citación relacionada a las mismas, se estará notificando a través del Sistema Unificado de Rentas Internas (“SURI”).

“Aquel comerciante que reciba una notificación de suspensión de la licencia de rentas internas podrá solicitar una reconsideración a dicha suspensión mediante la radicación de una querella ante la Oficina de Apelaciones Administrativas (OAA) del Departamento dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la notificación de suspensión. Por razón de la Orden Ejecutiva y el estado de emergencia decretado por la gobernadora, durante el tiempo que dure la emergencia, las solicitudes de querella ante la OAA solo podrán ser sometidas a través de SURI”, dijo Parés.

Por último, el Departamento de Hacienda recalcó que cualquier incumplimiento relacionado con las disposiciones de esta determinación administrativa, podrá ser informado a través de SURI Confidencia en la página web del Departamento utilizando el enlace: https://suri.hacienda.pr.gov.