Aumentan multa por hostigamiento sexual en el empleo
El Senado de Puerto Rico aprobó el Proyecto del Senado 635, de la autoría de la senadora Zoe Laboy Alvarado, para enmendar la Ley que prohíbe el hostigamiento sexual en el empleo, a los fines de aumentar la sanción mínima por violar la misma a diez mil dólares.
Dicha cifra no se había revisado desde 1998, cuando se determinó fijar dicha sanción en tres mil dólares.
'Casi tres decadas despues, nos parece que es momento de aumentar esa sanción mínima. En primer lugar, por el factor inflación, pero más allá, conscientes del daño que el hostigamiento sexual produce en la víctima', expresó Laboy en declaraciones escritas.
Explicó que el hostigamiento sexual en el empleo consiste en cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado, requerimientos de favores sexuales y cualquier otra conducta verbal o física de naturaleza sexual cuando se da una o más de las circunstancias siguientes: cuando el someterse a dicha conducta se convierte de forma implícita o explícita en un termino o condición del empleo de una persona; cuando el sometimiento o rechazo a dicha conducta por parte de la persona se convierte en fundamento para la toma de decisiones en el empleo o respecto del empleo que afectan a esa persona; o cuando esa conducta tiene el efecto o propósito de interferir de manera irrazonable con el desempeño del trabajo de esa persona o cuando crea un ambiente de trabajo intimidante, hostil u ofensivo.
En El 2014 el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos había recibido 103 querellas de hostigamiento sexual, según expuso la Legisladora.
'En la mayoría de los casos, las víctimas de hostigamiento sexual tienen que lidiar con una potencial perdida de empleo y con otras situaciones que afectan su calidad de vida, y este puede ser un respiro financiero para la víctima. Pero más importante aún confiamos en que su mayor resultado sea que se convierta en disuasivo para aquellos que consideren incurrir en este tipo de delito', dijo la senadora.
La medida pasará ahora a la Cámara de Representantes y, de aprobarse, se enviará para la consideración del gobernador de Puerto Rico, quien con su firma lo convertiría en ley.