Pretende imponer "aranceles" por radicar querellas en agencias del gobierno
La medida legislativa del representante Ángel Morey Noble dice que de esa manera evitarán que se radiquen "querellas sin fundamento".
El representante Ángel Morey Noble radicó un proyecto de ley que impone "aranceles" a todo aquel que presente una querella o petición ante una agencia de gobierno para evitar "querellas frívolas o sin fundamento".
El Proyecto de la Cámara 644 fue radicado el 12 de mayo y crea una nueva ley llamada: "Ley para Facultar el Establecimiento de Aranceles en los Procedimientos Administrativos del Gobierno de Puerto Rico".
Según la medida legislativa, definen el arancel como "cantidad monetaria que deberá pagar la parte querellante al momento de radicar una reclamación, solicitud o recurso ante una agencia administrativa, para que ésta emita adjudicación en alguna controversia".
El proyecto no define el monto que se impondrá por someter querellas. La Oficina de Gerencia y Presupuesto y el Departamento de Estado tendrán que formar un reglamento en un periodo de 180 días donde establecerán las tarifas aplicables.
En la exposición de motivos, la medida describe que los procesos para adjudicar "genera una carga económica considerable para las agencias gubernamentales y afecta la capacidad del Estado para ofrecer servicios eficientes".
También alude a que Puerto Rico no está exento de la presentación de querellas frívolas o sin fundamento real, por lo que la imposición de aranceles mitigará los gastos al erario y evitaría realizar procesos administrativos de las reclamaciones no legítimas.
Por eso, el proyecto establece el cobro obligatorio de aranceles por radicar una querella.
Si al concluir el procedimiento administrativo determinan que el querellante prevaleció en su reclamación, la parte querellada deberá reembolsar el monto total pagado "en concepto del arancel requerido por esta ley".
Si de lo contrario, se determina que el querellante no prevalece en la reclamación, este deberá pagar dentro de un término de 10 días el monto que determine la agencia, así como el arancel.
Si se incumple con el pago del arancel, perderá el derecho de presentar una querella ante la agencia hasta que salde la deuda.
El P de la C 644 incluye excepciones a la imposición de aranceles si:
- Procedimientos relacionados con asuntos laborales o reclamaciones salariales.
- Procedimientos relacionados con menores o personas incapacitadas.
- Procedimientos expresamente exentos por legislación especial.
- Las que determinen el Departamento de Estado o la Oficina de Gerencia de Presupuesto mediante el Reglamento Conjunto".
"Toda persona que interese presentar una querella, solicitud o recurso adjudicativo ante una agencia administrativa y no cuente con los medios económicos para el pago del arancel correspondiente, podrá solicitar una exención provisional", reza el proyecto de ley.
El dinero recaudado mediante aranceles será enviado a las arcas de la agencia que realizó el proceso administrativo. Los fondos podrán utilizarse para cubrir gastos operacionales de la agencia.