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Opiniones

Confusión laboral obra de la Junta

La Junta de Supervisión Fiscal (“la Junta”) vuelve a superarse al recordarnos lo difícil que es ser una colonia.

A menos de una semana de celebrar el Día de la Constitución de Puerto Rico, la Junta de Supervisión Fiscal (“la Junta”) vuelve a superarse al recordarnos lo difícil que es ser una colonia, esta vez creando incertidumbre sobre las leyes laborales vigentes en nuestra Isla. Veamos.

El día de ayer, la Junta envió una carta a Omar Marrero, Director Ejecutivo de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (“AFFAF”), sobre la Ley 41-2022, conocida comúnmente como la “Reforma Laboral” del 2022 (“Ley 41”). En esa carta, piden al Gobierno que suspenda inmediatamente la implementación y el cumplimiento de la ley, al menos hasta que el Gobierno y la Junta hayan intercambiado sus opiniones sobre la misma. También instaron al Gobierno a emitir una declaración pública confirmando dicha suspensión para, según ellos, evitar la confusión de los empleadores privados que se preparan para la aplicación de la ley 41.

Asimismo, la Junta solicita a AFFAF que proporcione una certificación conforme a la Sección 204(a) de PROMESA que aborde las cuestiones presentadas en la carta y proporcione una certificación clara e inequívoca de que la Ley 41 es, o no, significativamente inconsistente con el Plan Fiscal a más tardar el viernes 22 de julio de 2022. Cabe señalar que la Junta hizo todo lo anterior en el ultimo día antes que entrara en vigor la ley que tenía un periodo de 30 días para la entrada en vigor respecto a aquellos patronos que no sean PYMES.

Como como era de esperarse, el Gobernador rechazó públicamente someterse al mandato de la Junta y expresó que la ley 41 seguirá en vigor. Además de la declaración pública del gobernador es importante saber que el efecto de una ley no puede ser paralizado mediante una "carta" y sólo puede ser suspendido o revocada mediante determinación judicial lo que no ha ocurrido aquí. Por lo que, en ausencia de eso, la ley 41 está en vigor, nos guste o no. En algunos casos podría ser necesario actualizar las políticas y guías del lugar de trabajo, contratos de empleo y otros documentos.

Sin entrar en los méritos o deméritos de la ley en cuestión, PROMESA no faculta a la Junta, sus miembros ni consultores a invalidar ninguna ley y ellos lo saben. Por eso, usan el juego de palabras de ordenar “detener” la implementación de la ley. Dicho sea de paso, tampoco tienen el poder de ordenar al gobierno como lo pretenden hacer aquí. Para invalidar y/o detener la implementación de este estatuto (como cualquier otra ley) la Junta de Supervisión Fiscal debe acudir al tribunal federal y que un juez invalide u ordene paralizar la misma.

La Junta sabe, o debería saber, que eso es así. No obstante, optaron por publicar la referida carta que ha creado gran confusión tanto entre empleados como patronos, creando una falsa impresión de que hoy 20 de julio la ley 41 no rige las relaciones obrero-patronal en Puerto Rico. Esto es peligroso, pues aun en el supuesto de que el Gobernador tuviera la intención de “detener la implementación” hay un sinnúmero de disposiciones en la ley que no dependen de acción de la Rama Ejecutiva pues se trata de disposiciones que regulan la relación privada entre un trabajador y su patrono. Tampoco posee el gobernador facultad alguna para decirle a un Juez que aplique, o deje aplicar, una presunción creada en ley.

¿Por qué esperó la Junta hasta el ultimo día para enviar la referida carta? Sabrán ellos y sus grandes estrategas. La realidad es que hoy existe una ley que está vigente y con la cual debe cumplir todo aquel que no sea una PYME, hasta tanto un tribunal la invalide o sea derogada por la legislatura (ambos hechos inciertos). No es la primera vez que la Junta intenta establecer política pública usando como pretexto el plan fiscal. Pero, la maroma jurídica de esta vez, además de ser una gran irresponsabilidad que ha creado confusión e incertidumbre en el sector privado, cruzó una línea nunca antes vista, llegando al punto de pretender decirle al primer ejecutivo las representaciones públicas que debe o no debe decir.

El autor es abogado, exsecretario de Asuntos Públicos de La Fortaleza y ex director ejecutivo de la Autoridad de Puertos. Posee un Juris Doctor de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana.