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Salud

Entre vacunas obligatorias y tarifas de acarreo: lunes de cambios en Puerto Rico

Nuevas directrices entran en vigor hoy para restaurantes bares, cines y chinchorros y también un nuevo reglamento de transportes

A partir de hoy, una gran cantidad de establecimientos deberán requerir evidencia de vacunación a empleados y clientes.
Foto: Luis Alberto López

Mientras en restaurantes, bares, cines y otros establecimientos comenzarán a exigir desde hoy prueba de vacuna a empleados y clientes, en los muelles de San Juan empezará a regir una nueva tarifa para el transporte de mercancía.

Será un lunes de cambios en Puerto Rico.

El más significativo será al implementación de la nueva directriz del gobernador Pedro Pierluisi Urrutia de exigir prueba de vacunación a todos los empleados que trabajen que trabajen presencialmente en los restaurantes, barras, chinchorros, cafetines, ‘sports bar’, teatros, cines, coliseos, centros de convenciones y actividades.

Los comensales también tendrán que presentar prueba de vacuna.

Nota relacionada: Empleados y comensales en restaurantes deberán estar vacunados contra el covid-19

Los establecimientos que no acaten esta determinación tendrán que operar a 50% de capacidad.

Un ejemplo de ello son las terrazas de comida o ''food courts'' en centros comerciales, que no pedirán evidencia de vacunación, pero deberán acoger solo el 50% de su aforo.

Un letrero en la entrada a la terraza e comida en Plaza Las Américas anuncia las nuevas disposiciones del gobierno.
Foto: Suministrada

Según la directriz, aquellos empleados que no se han inoculado pero que tienen intención de hacerlo, ya deben haber comenzado el proceso de vacunación. La segunda dosis, en caso de que la vacuna así lo requiera, deberá ser en o antes del 7 de octubre. Se mantienen las excepciones a las personas que por razones médicas y religiosas no se vacunen.

Todos los lugares antes destacados deberán verificar que los visitantes mayores de 12 años cumplan con una de las siguientes condiciones: estar vacunados o presentar resultado negativo de covid-19 realizada 72 horas antes de entrar al comercio.

“Este gobierno tiene como interés apremiante salvaguardar la vida de toda la población en general y asegurar minimizar la posibilidad de contagio en actividades medulares y lugares de alta exposición al virus. Asimismo, un paso necesario para cumplir con esos objetivos es el implementar acciones afirmativas como la vacunación y el cernimiento en lugares cerrados, tales como restaurantes, teatros, cines, coliseos, centros de actividades entre otros, lo que reducirá contagios en esas instalaciones”, sostuvo el gobernador en conferencia de prensa en la que dio a conocer la nueva Orden Ejecutiva 2021-63.

Cualquier persona o empresa que incumpla con la Orden Ejecutiva se expone a un máximo de seis meses de cárcel, una multa que no excederá $5 mil o ambas a discreción del Tribunal. De igual forma, y conforme a las disposiciones de la ley orgánica del Departamento de Salud toda persona natural o jurídica que infrinja las disposiciones de ley o reglamentos de la agencia incurrirá en delito menos grave.

Por otro lado, a partir del próximo 30 de agosto, se ampliará el requisito de vacunación obligatoria a empleados, voluntarios o contratistas de salones de belleza, barberías, ‘spa’, gimnasios, centros de cuido de niños, supermercados, casinos y tiendas en gasolineras.

Las nuevas directrices del gobernador llegan en momentos en que se reporta un aumento vertiginoso de casos de covid-19 y de hospitalizaciones en la Isla.

De igual forma, ya está en funciones el llamado VACU ID, o registro digital para personas inmunizadas a través de la página del Centro de Servicios al Consumidor (CESCO).

Entran en vigor las nuevas tarifas de transportistas

Por otro lado, a menos que haya un pronunciamiento del Tribunal a última hora que ordene lo contrario, hoy debe entrar en vigor el nuevo reglamento (9293) del Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos (NTSP) que establece las nuevas tarifas de acarreo en la Isla.

La disputa entre los transportistas y la empresa privada aún se dilucida en los Tribunales.

El juez Anthony Cuevas, del Tribuna de Primera Instancia de San Jua, tiene ante sí la demanda que La Cámara de Mercadeo, Industria y Distribución de Alimentos (MIDA), el Centro Unido de Detallistas (CUD) y la Asociación de Comercio al Detal (ACDET) radicaron un recurso en el Tribunal ara que se declaren “nulas e ineficaces” las disposiciones del Código de Reglamentos del NTSP y el Reglamento Número 9293 relativas a Porteadores por Contrato y la aplicación de tarifas a éstos, por entender que no son “razonables y justas”.

De igual forma, los demandados piden que no se aplique la nueva tarifa a los porteadores por contrato, que tienen acuerdos independientes con esas empresas.

Nota relacionada: Organizaciones empresariales demandan al Gobierno por tarifas de transporte

Hasta ayer, el juez Cuevas no había emitido una sentencia.

Muchos de los empresarios han manifestado en repetidas ocasiones que no están en contra de un aumento en la compensación que reciban los transportistas, pero cuestionan la forma en que fue aprobado, además de oponerse a que las nuevas tarifas apliquen también a los contratos privados.

Sin embargo, el reglamento que originalmente fue aprobado en diciembre pasado y que enfrentó varios traspiés antes de su implementación, entra en vigor para todos a partir de hoy con un aumento del 35% en las tarifas de acarreo.

Según datos del propio NTSP, las tarifas de transporte se calculan por milla recorrida y según el tipo de transporte que se utilice.

A modo de ejemplo, el traslado de un furgón desde el Muelle de San Juan a una distancia de unas 20 millas, podría costar $267.34, una diferencia de $69.67, en comparación con el 2005 ($197.67).

El NTSP insiste en que el aumento del pecio de acarreo no será proporcional al precio de los productos que transporte y que el impacto en el bolsillo del consumidor será mínimo.

Fuerte pulseo

La implementación del Nuevo Reglamento ha sido eje de una agria disputa entre los transportistas, la empresa privada y la Junta de Supervisión Fiscal (JSF).

Originalmente, el reglamento fue impuesto mediante Carta Circular del NTSP, acción que fue impugnada en el tribunal.

Mientras, la JSF se opuso desde un principio a la aprobación del nuevo reglamento del NTSP por entender que está en contraposición con el Plan Fiscal aprobado para el año fiscal 2020-2021 y viola las disposiciones de la Ley federal Promesa.

Los transportistas dieron a la JSF hasta la medianoche del miércoles 21 de julio para que le diera el visto bueno, pero al recibir como respuesta que no le daban paso al ajuste tarifario por no cumplir con el pan fiscal certificado, miles de camioneros se decretaron en asamblea permanente, que tuvo el efecto de apagar los motores y paralizar la transportación de la gran mayoría de la mercancía, incluyendo el combustible.

En solo horas, cerca de 200 gasolineras reportaron desabastecimiento, lo que provocó que el gobierno interviniera y solicitara una reunión urgente con las partes.

Casi 24 horas después de decretarse la asamblea permanente, el Frente Amplio de Camioneros y el gobierno alcanzaron en la noche del 22 de julio un acuerdo provisional con el que pusieron fin al paro.

Lea también: Camioneros y el gobierno logran acuerdo que acaba con el paro

La JSF no se sentó en la mesa de negociación.

De inmediato, MIDA manifestó que no avalaba el acuerdo y hace una semana, junto a otras entidades, presentó la demanda en el Tribunal de San Juan para impugnar el reglamento.

La vista se celebró el pasado viernes, pero hasta ayer no se había producido una determinación del Tribunal.