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Tribunales

Apelaciones cierra el paso al “desasosiego” de Proyecto Dignidad con la perspectiva de género en las escuelas

El Tribunal de Apelaciones sostuvo la denegatoria de una demanda con la que legisladoras de Proyecto Dignidad querían evitar la implantación de un currículo con perspectiva de género en las escuelas del sistema público.

La senadora Joanne Rodríguez Veve y la representante Lisie Burgos Muñiz, de Proyecto Dignidad.
Foto: Juan R. Costa / NotiCel

El Tribunal de Apelaciones falló en contra de las legisladoras de Proyecto Dignidad (PD), senadora Joanne M. Rodríguez Veve y representante Lisie J. Burgos Muñíz en su intento de conseguir una orden judicial para detener la implantación del currículo con perspectiva de género en el sistema público de enseñanza.

La resolución fue emitida el jueves por la jueza ponente, Sol de Borinquen Cintrón Cintrón, y los jueces Waldemar Rivera Torres y Grisel M. Santiago Calderón y constituye un aval a la sentencia que había emitido el juez superior Anthony Cuevas Ramos en abril desestimando el caso.

La demanda de las legisladoras de PD se centra en el Proyecto Piloto mandatado por la Ley 62 de 2017 para “la integración de la comunidad educativa en un proyecto de reflexión y acción para lograr la equidad de género” en por lo menos 10 escuelas. El proceso incluía someter informes a la Asamblea Legislativa sobre el progreso de la implantación. Pero órdenes ejecutivas de la exgobernadora Wanda Vázquez y la más reciente del gobernador Pedro Pierluisi Urrutia decretando una emergencia por violencia de género, ampliaron el ámbito del proyecto para abarcar todo el sistema y para dirigirlo a “desarrollar un currículo de perspectiva de género que ayude a combatir las causas que contribuyen a la desigualdad, el discrimen y la violencia”.

Rodríguez Veve y Burgos Muñiz argumentaron que, específicamente las órdenes ejecutivas, alteraron el esquema que disponía la ley con el resultado de usurpar prerrogativas legislativas porque entienden que el desarrollo del Proyecto Piloto dependía de informes periódicos de progreso que el Ejecutivo tenía que someter a la Asamblea Legislativa. Específicamente, decían que se les impedía ejercer la función fiscalizadora que tienen como legisladoras.

Pero el panel apelativo, igual que el juez Cuevas Ramos, concluyó que las legisladoras no tenían legitimación para presentar la demanda porque las actuaciones del Ejecutivo están permitidas bajo la Ley 62 y porque no presentaron ningún fundamento para sustentar que habían sufrido un daño con esas actuaciones ejecutivas.

“Lo cierto es que las apelantes no evidenciaron haber sufrido un daño claro, real, patente e inmediato a sus prerrogativas legislativas. La actuación de la parte apelada de poner en marcha, tan pronto como este próximo mes de agosto, el Proyecto Piloto en todas las escuelas del sistema público de enseñanza en Puerto Rico es parte de los poderes que le fueron delegados a la Rama Ejecutiva a través de (la Ley 62). La discreción de ampliar el número de escuelas para implementar el Proyecto Piloto claramente recae sobre el Departamento de Educación. Además, este movimiento de la parte apelada tiene su base en un estado de emergencia establecido a causa de la situación de violencia de género que impera en nuestra Isla. Por ello, no podemos dar paso a la solicitud de las apelantes de declarar inconstitucional las Órdenes Ejecutivas impugnadas, ni mucho menos decretar que la decisión de la parte apelada violenta la separación de poderes que establece nuestra Constitución”, argumentaron los jueces del panel.

Los jueces añadieron que las legisladoras tampoco habían extinguido los remedios que tienen en la propia Asamblea Legislativa para atender su “desasosiego” con el tema, como, por ejemplo, presentar enmiendas a la Ley 62 “o mover el mecanismo legislativo para revocarla”.

“El legislador, antes de acudir al tribunal, deberá agotar todos los remedios que tenga a su disposición para lograr que se le permita y reconozca su derecho a fiscalizar”, subrayaron.

La secretaria del Departamento de Familia, Carmen González Magaz, había dicho en mayo que el currículo se implementaría “sí o sí” en agosto. “No hay posibilidad de que no esté listo para agosto”, añadió.

Pero en julio indicó que “quizás la implantación como se veía, se vea un poco más atrasada” por lo que el currículo no se verá ejecutado al inicio del curso como se tenía conceptualizado.

Para ver la sentencia, pulse aquí.

PDF: Sentencia Apelaciones demanda legisladoras Proyecto Dignidad por perspectiva de género julio 2021

Vea:

César Vázquez dice que la perspectiva de género no funciona

Desestiman demanda de legisladoras de Proyecto Dignidad sobre currículo de perspectiva de género

Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.