Log In


Reset Password
SAN JUAN WEATHER
Tribunales

'No' del Tribunal Supremo a la paralización de impresión de papeletas del plebiscito

Declinaron paralizar los trabajos.

El plebiscito se llevará a cabo el próximo 3 de noviembre
Foto: Archivo | NotiCel

El Tribunal Supremo de Puerto Rico determinó hoy, lunes, no paralizar los procesos conducentes a la celebración del plebiscito del 3 de noviembre en una resolución que contó con el voto disidente de dos jueces.

Anteriormente, los legisladores Luis Vega Ramos, Rafael "Tatito" Hernández Montañez, José "Conny" Varela, Carlos Bianchi, Jesús Manuel Ortiz y Ramon Luis Cruz Burgos, habían solicitado al alto foro que ordenara detener la impresión y digitalización de la papeleta del plebiscito 'estadidad sí o no' que busca realizar la actual administración del Partido Nuevo Progresista (PNP) en las elecciones generales.

Los legisladores solicitaban el remedio para paralizar los trabajos alegando que la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) no debía hacer uso de fondos públicos para "un propósito que se aparte de la finalidad pública exigida por la Constitución".

Sin embargo, el alto foro emitió una resolución hoy -que aunque no dispone el caso- declara "no ha lugar" a la moción solicitada para paralizar la impresión de papeletas del plebiscito.

En el documento enviado por el Tribunal Supremo se expone que tomando en cuenta la experiencia de las primarias -donde la tardía entrega de papeletas provocó una segunda ronda de la votación-, no consideraban el remedio posible.

"Aunque este Tribunal tiene la facultad para emitir remedios oportunos en eventos electorales antes de que recaiga una sentencia final y firme, considero que en este caso particular no procede ejercerla porque la solicitud de los peticionarios tendría el efecto directo de retrasar el proceso de impresión de todas las papeletas para el próximo 3 de noviembre. No se trata de inconsistencia sino de improcedencia en derecho", lee el documento de siete páginas.

"Adviértase que en este caso también se encuentran presentes importantes garantías, tales como el derecho al voto y la libertad de expresión. Esas garantías no deben ser paralizadas en el día de hoy, como pretenden los peticionarios y la disidencia", expuso el juez asociado señor Estrella Martínez.

Los jueces Colón Pérez y Rodríguez emitieron opiniones disidentes.

Puede ver el documento a continuación:

PDF: ResolucionPDF.pdf