Referéndum de fianza en jaque por el escrutinio
La dilación en completar el escrutinio de las primarias, y la correspondiente certificación de los candidatos ganadores, puede atentar contra la celebración del referéndum sobre condiciones de fianza que la Administración Fortuño pretende celebrar el 19 de agosto.
La clave estaría en la disposición constitucional que requiere que cualquier proposición de enmienda a la Constitución de Puerto Rico requiere que la misma sea publicada por lo menos tres meses antes de la fecha de la consulta. En este caso, al consulta está propuesta para el 19 de agosto, por lo que la publicación tiene que ocurrir la tercera semana de mayo.
Pero la publicación requiere tener la ley habilitadora aprobada, tal y como ya está aprobada la ley habilitadora de la consulta de Reforma Legislativa pautada para llevarse a cabo también ese mismo 19 de agosto.
Al requerimiento de la publicación tres meses antes, se añade la disposición de que la aprobación de la propuesta de enmienda por parte de la Legislatura requiere del voto afirmativo de por lo menos dos terceras partes de los miembros que componen cada cámara. Para este requisito de votación, la mayoría del Partido Nuevo Progresista (PNP) necesita tener sentados a los sustitutos de Roberto Arango (Liza Fernández) y de Antonio 'El Chuchin' Soto (Miguelito Rodríguez), cuyas certificaciones están detenidas igual que el resto de las certificaciones de las demás carreras primaristas.
La Resolución Concurrente del Senado número 60 sometida el 27 de marzo pasado por la delegación mayoritaria dispone que la Carta de Derechos de la Constitución sería enmendada para que a la disposición de que '[t]odo acusado tendrá derecho a quedar en libertad bajo fianza antes de mediar un fallo condenatorio', le siga esto:
'excepto: los acusados de asesinatos cometidos con premeditación, deliberación o acecho; los acusados de asesinatos cometidos en medio de un robo en el hogar, en el curso de una agresión sexual o secuestro; los acusados de asesinatos cometidos al disparar un arma de fuego desde un vehículo de motor o en un lugar abierto al público, poniendo en riesgo la vida de más de una persona; o cuando la víctima del asesinato sea un agente del orden público que se encuentre en el cumplimiento de su deber. En estos casos el juez tendrá discreción para conceder o denegar la fianza, tras evaluar si el acusado representa riesgo de fuga, riesgo de destrucción de evidencia o riesgo para la seguridad de otras personas o la comunidad'.
Los respectivos proyectos para esta consulta sólo han tenido primera lectura en cada una de las cámaras.