Conty: escrutinio electrónico limitará el fraude
La posibilidad de fraude electoral se verá significativamente limitada una vez entren en uso las máquinas de escrutinio electrónico, según el presidente de la Comisión Estatal de Elecciones, Héctor Conty, debido a que solamente el elector entrará en contacto con las papeletas.
'Las máquinas de escrutinio electrónico nos van a permitir algo muy importante: nadie va a poder entrar en contacto con las papeletas, que no sea ewl propio elector, por que los funcionarios de colegio no van a contabilizar las papeletas. Eso lo va a hacer la máquina', señaló Conty.
El Tribunal Supremo revocó ayer la paralización del proceso de implantación del escrutinio electrónico emitida por el Tribunal de Primera Instancia, lo quesignifica que la CEE está en libertad de continuar con la implantación del proceso.
El presidente de la CEE aclaró que 'vamos a seguir votando como siempre' refiriéndose al uso del lápiz, o bolígrafo, y el papel, en la caseta de votación. La diferencia será que, en vez de que el elector deposite su papeleta en una urna, lo hará en el lector electrónico.
'Ningún funcionario de colegio va a tener contacto con esas papeletas… no hay que contar porque la máquina cuenta, y al final del día, una vez todos los funcionarios entran sus códigos, se emite el acta y ahí dice el resultado de ese colegío', explicó Conty.
Sobre la posibilidad de que el pueda darse el 'vaciado de listas' y otras formas de fraude electoral previo a introducir la papeleta en la máquina de escrutinio electrónico, Conty señaló que en las elecciones generales el sistema de desconfianza ofrece garantías en contra de ese tipo de fraude 'porque nadie va a permitir que otro use una papeleta en su presencia'.
La sentencia del Surpemo de ayer, de 30 páginas, repasa tanto el caso de interdicto preliminar contra la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) radicado por el ex aspirante popular al Senado Luis Santini Gaudier como la determinación de la jueza Georgina Candal y concluye que la acción generada por Santini no cumple con los requerimientos para emitir una orden de paralización y que la CEE cumplió con el mandato legislativo en sus acciones.
'A este momento, no existe posibilidad alguna de que las acciones de la CEE encaminadas a cumplir con las delegaciones de la Asamblea Legislativa conlleven un daño al derecho del sufragio reconocido en nuestro sistema. Tal conclusión es una altamente especulativa y a destiempo. Más aún, la misma constituye una adjudicación sobre lo decretado por la Asamblea Legislativa al aprobar la Resolución Conjunta Núm.44 estableciendo un término de tan sólo seis meses para orientar e informar a la ciudadanía sobre los procesos electorales relacionados con el escrutinio electrónico', sostuvo el Tribunal Supremo en sus sentencia.