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Culpan al DRNA de posible extinción del coquí llanero

Un grupo de ambientalistas, exfuncionarios del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), criticó hoy la reciente opinión del Tribunal Supremo que saca al coquí llanero de la lista de especies en peligro de extinción y responsabilizaron de ello al desinterés de la agencia dirigida por Daniel Galán Kercadó.

En una carta firmada por los biólogos Neftalí Ríos, Daniel Dávila, José Luis Chabert y Alberto Puente; y la abogada Maritza Santiago, los ambientalistas consideran 'un pleito legal sin precedentes' la decisión del Supremo del pasado 30 de mayo de 2012 en la que se invalidan las designaciones realizadas por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) en el 2007 y que listaba al coquí llanero como Especie en Peligro Crítico de Extinción y designaba como Hábitat Natural Crítico Esencial el lugar donde este habita en el municipio de Toa Baja, Puerto Rico.

La decisión contó con seis votos a favor de revocar la designación y protección del Coquí Llanero y su hábitat, con la abstención de los jueces Federico Hernández Denton y Anabelle Rodríguez Rodríguez y el voto disidente de la jueza Liana Fiol Matta.

Los ambientalistas recordaron que el coquí llanero, Eleutherodactylus juanariveroi, fue descubierto en el año 2004 en un humedal ubicado en el municipio de Toa Baja, único lugar donde se conoce la existencia de la especie.

En aquel entonces, el DRNA y su cuerpo de asesores científicos y legales realizaron todas las gestiones pertinentes para listar y proteger el hábitat de la especie. Dicho esfuerzo culminó con la designación del coquí como especie en peligro crítico de extinción y de su hábitat crítico esencial.

Posteriormente, la determinación del DRNA fue impugnada por el Municipio de Toa Baja y la compañía Forest City Group, Inc. y su subsidiaria en Puerto Rico, Sabana Seca Land Management, LLC, contratistas del US NAVY a cargo de disponer de los terrenos de la antigua base naval en Sabana Seca, Toa Baja.

Según los biólogos y la abogada, los recursos legales impuestos para evitar la designación del coquí llanero como especie en peligro de extinción y la protección de su hábitat tienen su base en el empeño de los demandantes de desarrollar proyectos de construcción y la expansión del vertedero municipal en parte del hábitat crítico esencial de tan amenazada especie.

Como medida de salvación, el Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre de los Estados Unidos de América (USFWS, en inglés), anunció que está trabajando en la fase final del documento para la designación de la especie en peligro de extinción y la designación de su hábitat.

'Este aviso del USFWS parece haber complacido a los legisladores y al propio DRNA. Cabe mencionar que la protección que puede extender el gobierno federal a la especie y su hábitat es una muy limitada, pues aplica principalmente a proyectos federales o sufragados en todo o parte por fondos federales', puntualizaron los firmantes.

El 'Endangered Species Act' de 1973, provee para que cada agencia federal, en consulta con el Secretariado del Interior, asegure que toda medida autorizada, financiada o llevada a cabo por estas agencias no afecten la supervivencia de las especies amenazadas o en peligro de extinción o puedan resultar en la destrucción o modificación adversa del hábitat de esas especies.

De otra manera, si no hay fondos federales involucrados o se trata de un proyecto federal, la jurisdicción del USFWS se limita a la existencia de lo que la ley denomina como un 'taking'. Es decir, el gobierno federal no puede impedir un desarrollo en el hábitat designado si no hay evidencia fehaciente y directa de que se afectó la especie. Es por ello que el Congreso de los Estados Unidos de América delegó poderes a los estados, incluyendo sus territorios, para que pudieran ser más restrictivos en la protección de la vida silvestre, recordaron los ambientalistas.

El USFWS se dispone a designar como Hábitat Crítico apenas un 15% del área originalmente designada para conservación por el DRNA. Le corresponde a cada estado, en este caso Puerto Rico, a través de sus leyes y reglamentos listar las especies consideradas vulnerables o en peligro de extinción y la protección de su hábitat.

'Sin esta protección estatal, la supervivencia del coquí llanero, está en peligro', advirtieron.

'Como conocedores de primera mano del proceso orientado a la protección y conservación del Coquí Llanero y de su hábitat, estamos en la obligación moral de aclarar a la ciudadanía algunos pormenores sobre este caso. De manera sucinta, la opinión del alto foro judicial en contra de la designación del coquí llanero y su hábitat se basó en que tal designación se considera una enmienda al reglamento que rige las especies vulnerables y en peligro de extinción, y como tal, el DRNA falló al no presentar el documento de designación en el Departamento de Estado', denunciaron los activistas ambientales.

El requerimiento procesal de acudir al Departamento de Estado para presentar la 'alegada' enmienda fue discutido a cabalidad por el personal legal y técnico del DRNA. En aquel entonces, se consultó con el Departamento de Estado al respecto y la respuesta fue que la designación no constituía una enmienda al reglamento, por lo que no procedía su presentación.

'Despierta pues nuestra suspicacia que el DRNA no haya utilizado este hecho al argumentar el caso ante el Tribunal Supremo', cuestionaron.

'Aun cuando no estamos de acuerdo con la opinión del Tribunal Supremo emitida el 30 de mayo de 2012, y sí con la opinión disidente (puesto que se trata de implementar un reglamento y no de enmendarlo), todo lo que tiene que hacer el DRNA, si quiere proteger la especie y su hábitat, es acudir al Departamento de Estado y presentar la 'alegada' enmienda. Sin embargo, el DRNA no lo ha hecho, claudicando su responsabilidad y delegando un vez más, sus poderes a una determinación del USFWS, que a todas luces no posee las garras para alcanzar una verdadera protección', subrayaron.

'Entendemos que la secuencia de eventos, -desde la omisión de hechos, la débil defensa y argumentación, a la falta de acción- que culminaron en tan funesta decisión por el más alto foro del País puede haber sido causada por la negligencia y desinterés del DRNA en proteger la especie. Responsabilizamos al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y a su secretario, Daniel Galán Kercadó, por propiciar tan funesta decisión', concluyeron.

Coquí llanero (Suministrada)
Foto: