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Sorpresa por decisión del Supremo a favor del PNP

Dos de los abogados que representan a Vilmarie Carrasquillo y a su hijo, Jean Carlos López Carrasquillo, en el caso civil contra el Partido Nuevo Progresista (PNP), por utilizar la imagen del joven de 17 años en su campaña a favor de la enmienda constitucional para denegar el derecho a la fianza en ciertos casos de asesinato, estuvieron conformes con la determinación del Tribunal Apelativo, y más tarde en el día, sorprendidos con la decisión en contrario por parte del Supremo.

El licenciado Manuel Rodríguez Banchs, manifestó a NotiCel que 'la determinación del Tribunal de Apelaciones con relación al reclamo que estábamos planteando nos parece que fue acertada, reconoce el derecho a la intimidad de los peticionarios en este caso. Por un lado, envía el mensaje correcto de que para utilizar una imagen en una campaña política es necesario tener el consentimiento de las personas que salgan en esa imagen. Sin embargo, nos parece que el planteamiento general debe ser la falta de sensibilidad que ha tenido el Partido Nuevo Progresista, de manipular las emociones de la gente utilizando sin consentimiento imágenes, para adelantar una causa política, la que sea, teniendo medios y otras formas para llevar su mensaje'.

Al filo de las 2:30 p.m. aún ni Rodríguez Banchs ni los licenciados Arturo Ríos y Juan Capella, habían recibido la notificación de los dos recursos que radicó esta mañana el PNP a través del licenciado Oscar Santamaría.

'Nos enteramos por la prensa y confiamos que el Tribunal Supremo va a resolver conforme al estado de derecho vigente en Puerto Rico, que protege la intimidad de las personas en circunstancias como las que están planteadas en el caso', había indicado Rodríguez Banchs a este medio digital.

No obstante, a la 4:00 p.m. se supo que el Tribunal Supremo había paralizado la decisión del Tribunal Apelativo.

Ante la decisión del Tribunal Supremo, Ríos manifestó a NotiCel que 'me sorprende muchísimo, ya que no está fundamentada en ningún aspecto jurídico para otorgar dicho criterio en base a las expresiones que ellos (PNP) han hecho, de que hace una semana no han utilizado las imágenes'.

Y añadió que 'no entiendo cuál fue el razonamiento', del Supremo al tomar en consideración las expresiones del PNP y radicación de una moción urgente de Auxilio de Jurisdicción y un Certiorari.

Más temprano, el licenciado Rodríguez Banchs, había reprobado el planteamiento del licenciado Santamaría con relación a la Ley 139 del 2011, en relación a la postura la colectividad en su defensa en cuanto a su derecho a la expresión política ante el derecho a la propia imagen.

'Esa es una Ley que concede unos remedios particulares en una situación específica que no son las de este caso. Los demandantes en este caso no están pidiendo la protección del Tribunal o una indemnización conforme a esa ley, sino que están pidiendo la protección constitucional que tenemos nosotros de que no se viole nuestra intimidad', sentenció.

Este reiteró que el PNP pudo utilizar otros mecanismos para llevar su mensaje a favor del 'si' en el referéndum del próximo domingo, 19 de agosto, sin tener que recurrir a violentar el derecho a la intimidad de estas personas.

'El Partido Nuevo Progresista, tiene, como ha demostrado, muchas otras alternativa para llevar ese mensaje y ha optado por manipular las emociones del pueblo', indicó.

De otro lado, el abogado catalogó como impropias las expresiones de Ángel Cintrón, director de la campaña del PNP, a Radio Isla 1320, al tratar de equipar el mensaje de la campaña al rol de la prensa.

Por su parte, Rodriguez Banchs, expresó que 'no es lo mismo, jamás y nunca, el que se utilice una imagen que no es propia, de hecho que sale de un medio noticioso, para adelantar una causa política, al rol que tiene la prensa de divulgar lo que ocurre. Evidentemente, la foto la tomó un fotoperiodista de un medio de Puerto Rico, la publicó el medio, el medio expresó que no había prestado consentimiento de la utilización de esa foto, así que son dos cosas totalmente distintas'.

A su vez Ríos puntualizó que en esos momentos no podían proveer más información que no fuera especulativa, pues todavía no habían visto el documento que sometió esta mañana el PNP.

Pese a esto se mostró confiado de que el Tribunal Supremo tomaría en consideración el caso Colón v. Barceló, que presentaba una situación parecida a la de este caso.

'En resumidas cuentas (el caso) habla del consentimiento que debe de existir para que se pueda utilizar la imagen de una persona para un asunto proselitista', argumentó Ríos.

Finalmente, Rodríguez Banchs se distanció del planteamiento del licenciado Federico Rentas, director ejecutivo de la Sociedad para Asistencia Legal de Puerto Rico,de que si el Tribunal de Menores asume otra vez jurisdicción porque en la vista preliminar se baje el delito de asesinato en primer grado a segundo grado, a López Carrasquillo, le cobijaría todo el derecho a la intimidad.

'Desde el punto de vista nuestro, es inmaterial lo que ocurra en el procedimiento criminal, es un joven, es un niño que están juzgando como adulto. Y esa es una de las deficiencias que, desde nuestro punto de vista, tiene nuestro sistema de justicia. Juzga a niños como adultos, ese es un criterio nuestro, que independientemente del resultado del procedimiento criminal, nosotros lo que estamos aquí planteando es un asunto de naturaleza constitucional y tiene un carácter humano profundo, a nosotros nos parece que se ha obviado el dolor que evidentemente siente una familia al estar envuelta en una situación tan lamentable como esta, para adelantar una causa política', determinó Rodríguez Banchs.