Supremo reitera línea dura contra conductores borrachos
Este fin de semana comienza lo que para muchos es un período de por lo menos dos semanas llenas de fiestas y reuniones con motivo de la Navidad, en las que usualmente sobran la comida y tambien el alcohol. Con esto tambien aumenta el riesgo de accidentes en las carreteras con conductores que no se han autocontrolado a la hora de ingerir alcohol.
Y, como antesala, el Tribunal Supremo resolvió recientemente un caso en el que reitera una postura de línea dura en contra de los conductores ebrios y de flexibilidad para fiscales y policías que los procesan.
Se trata de un caso en el que el acusado, Héctor Caraballo Borrero, alegó que las dos pruebas de aliento que se le practicaron cuando fue intervenido por conducir a exceso de velocidad debían ser descartadas porque supuestamente el policía que hizo la intervención no espero los 20 minutos reglamentarios antes de practicarle la prueba.
Caraballo decía que, como para la primera prueba que le practicaron en la calle a cinco minutos de su detención no se esperó por los 20 minutos pues que todo lo demás debe caerse porque fue el resultado de esa primera prueba lo que provocó su arresto y la realización de la segunda prueba.
Hasta llegar al Supremo, el acusado había conseguido que todos los demás tribunales le dieran la razón.
Según los hechos, Caraballo fue detenido a las 2:30 pm el 20 de marzo de 2011 en la carretera número 2 de Ponce a Yauco mientras conducía a exceso de velocidad. Al ser abordado por el agente, 'tuvo dificultad en proferir palabras para darse a entender', y luego, 'con el habla pesada', admitió había bebido unos tragos.
Sin esperar los 20 minutos, el agente le realizó la primera prueba, con resultado positivo, lo arrestó y en el cuartel, luego de 35 minutos, le realizó la segunda, arrojando .175 centésimas del uno por ciento de alcohol en sangre, siendo .08 el máximo permitido por ley.
Al resolver por voz del juez asociado Luis Estrella, el Supremo determinó unánimemente que era correcto dejar fuera el resultado de la primera prueba porque no se esperó por los 20 minutos, pero que el resultado de la segunda prueba era válido porque habían pasado 35 minutos y porque todas las circunstancias de la intervención y de la conducta de Caraballo eran motivo suficiente para que el agente lo detuviera bajo sospecha de conducir en estado de embriaguez.
Además, el tribunal abrió más la puerta de la que se puede admitir como prueba al concluir que la admisión voluntaria de cualquier conductor ante un agente, de que había ingerido bebidas alcohólicas, sirve para subsanar cualquier 'insuficiencia' que pueda tener la versión del agente sobre cómo observó al conductor.