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Pendiente en la Cámara nuevo recorte de poderes al Supremo (documento)

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Pendiente en la Cámara nuevo recorte de poderes al Supremo (documento)

Pendiente en la Cámara nuevo recorte…

La Cámara de Representantes tiene pendiente de votación, y con recomendación positiva de su Comisión de lo Jurídico, la nueva versión del controvertible recorte de poderes del Tribunal Supremo que ya provocó una expresión de ese foro y una agria confrontación pública entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y el Judicial.

La disposición inicial que desató la confrontación, y contenida en la ya inconstitucional Ley 18, era la relativa a la capacidad del Tribunal Supremo para elevar ante su consideración un caso que hubiera sido radicado en cualquier instancia del procedimiento judicial.

Ese recurso, llamado certificación y usado para resolver el llamado caso de los «pivazos» en las elecciones de 2004, había sido recortado en la Ley 18 para que fuera sólo si ambas partes consentían. El razonamiento es que el Gobierno se había creado una inmunidad a la revisión automática del Supremo porque lo único que tenía que hacer era oponerse a la certificación en sus casos y así derrotar el requisito de unanimidad en la solicitud.

Ahora, el Proyecto de la Cámara 1248 restaura esa facultad al Supremo, pero sólo en aquellos casos que ya estén sometidos al Tribunal de Apelaciones, por lo que los litigantes van a tener que extinguir la etapa de Primera Instancia antes de tener oportunidad de que vayan «expreso» al Supremo. En la práctica, todavía existe la alternativa de que el Gobierno dilate los procesos en ese primer turno al bate para evadir la adjudicación final ante el Alto Foro que ahora mismo está dominado sólidamente por jueces nombrados por el exgobernador Luis Fortuño.

«Las enmiendas incluidas limitan la competencia original del Tribunal Supremo al mínimo requerido por la Constitución. Es decir, el autos de hábeas corpus. Cualquier otra instancia en que el Tribunal Supremo haya podido o en un futuro pueda entender en primera instancia sobre otros recursos adicionales al hábeas corpus, será mediante acción legislativa, conforme a la dispuesto por la Constitución», indica el informe positivo de la comisión que encabeza el representante Luis Vega Ramos.

«No es en los mejores intereses de la justicia que el Tribunal Supremo disponga de controversias de alto interés público como las antes mencionadas sin el beneficio de evaluar un expediente completo. Una mirada al proceder de nuestro máximo foro durante el año 2012 en cuanto a la expedición de recursos de certificación representa un incremento sustancial en comparación con la norma en años anteriores», añade, específicamente sobre el recurso de certificación.

Informe del P de la C 1248 sobre el Tribunal Supremo – NotiCel_2993

P de la C 1248 sobre el Tribunal Supremo – NotiCel_2994

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