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AGP firma ley para prohibir 'four tracks' en las calles

Los vehículos todo terreno, conocidos como 'four tracks', ya no podrán transitar por las calles de Puerto Rico tras la firma del Gobernador para dar paso a las enmiendas a la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico.

'Se trata de un consenso ciudadano y político. Esos vehículos no están hechos para transitar por las vías públicas. Sus manufactureros lo entienden y el país lo reconoce mayoritariamente', afirmó el gobernador Alejandro García Padilla.

La ley define como vehículo todo terreno, a 'todo vehículo de motor de tres o cuatro ruedas con un asiento tipo motocicleta, en el que el operador monta en horquillas; con manubrio para control y manejo, con un motor de gasolina de alta eficiencia, destinado específicamente para ser utilizado fuera de las carreteras pavimentadas, mejor conocidos como ‘offroads''.

Se ordenó además al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a crear un registro actualizado de todos los vehículos todo terreno que se vendan en Puerto Rico, para lo que se emitirá una identificación exclusiva a cada uno de estos.

Asimismo, se tipifica como delito el no inscribir en el registro dichos vehículos, y se prohíbe el uso de estos en las autopistas, carreteras estatales o municipales y demás vías públicas que estén pavimentadas. De incumplir con lo anterior, los agentes del orden público podrán confiscar estos vehículos.

Además, se impondrá una multa de $500 a toda persona que no registre su vehículo todo terreno, o no tenga el número de identificación visible o vigente. También se multará a toda persona que se encuentre en uso de un vehículo todo terreno sin el equipo de seguridad por $250.

El uso de estos vehículos estará permitido en predios de terreno o instalaciones públicas destinadas para ello o en instalaciones privadas con previa autorización de sus dueños.

La edad mínima para operar o ser pasajero de un vehículo todo terreno de más de cien centímetros cúbicos será de 16 años, siempre y cuando el conductor esté para manejarlo.

A partir de la firma de esta ley el DTOP establecerá un periodo de amnistía de sesenta días para que los dueños de cualquier vehículo todo terreno acudan a la agencia a inscribir los mismos.