Hacienda publica reglamento sobre Lista de Contribuyentes Morosos
En los próximos meses, el Departamento de Hacienda publicará los nombres de los contribuyentes morosos que adeuden grandes sumas junto con la cantidad de dinero que adeudan y el pueblo de la última dirección conocida.
La secretaria de Hacienda,Melba Acosta, hizo público el miércoles el reglamento que regulará el proceso por el cual se harán públicos los nombres de todos los contribuyentes morosos para que los ciudadanos puedan someter sus comentarios en los próximos 30 días. Luego que se hagan modificaciones al reglamento y se le avise a los contribuyentes morosos para darles una oportunidad de pagar, se publicará la lista.
A pesar de que la información de los contribuyentes es confidencial, Hacienda puede hacer pública los nombres de contribuyentes morosos por virtud de la Ley 163 del 2013, conocida como la Ley de Mecanismos de Fiscalización Contributiva.
'La Ley 163 nos ha dado una herramienta adicional en nuestra labor fiscalizadora para allegar los recursos que necesita el país y así lograr un presupuesto balanceado y continuar por la ruta del progreso económico', dijo Acosta en declaraciones escritas.
La firma de la ley fue criticada por varias entidades que incluyeron la Cámara de Comercio, la cual entendió que podría afectar la competitividad de la isla porque requiere que los Estados Financieros emitidos por un CPA se expandan para incluir información financiera adicional que aumentará el costo de las auditorias en miles de dólares y requiere a los CPAs que realicen la labor fiscalizadora que corresponde al Departamento de Hacienda, al CRIM y a los municipios.
Hubo personas que entendieron que la propuesta ley se basa en la idea de 'humillar a la gente para que paguen'.
Según el reglamento, una deuda contributiva en mora las que tiene 90 días o más, pero menos de diez (10) años, de haber sido tasada; la que la agencia no tiene conocimiento de que esté cobijada por la Ley de Quiebras, y la que no tiene pendiente un recurso de revisión ante la Secretaría de Apelaciones Administrativas del departamento o ante el foro judicial.
No obstante, el deudor moroso cuyo nombre estará sujeto a publicación será aquel cuya deuda o deudas contributivas por tipo o por tipos en el agregado, sea igual a o mayor de $50,000 y cuya información pueda estar sujeta a publicación.El deudor moroso también incluye a los agentes retenedores morosos. Según el reglamento, el área de Rentas Internas generará una lista de los 350 deudores morosos cuya deuda o deudas sean las mayores, ya sea en cuanto a un tipo contributivo en particular o en el total agregado.
Luego de validar el contenido de la lista, se generará una Lista de Deudores Morosos validada. Con al menos 60 días de anticipación a la publicación de la lista, la agencia enviará por correo certificado, a la última dirección conocida, una Notificación de Intención de Publicación, a los Deudores Morosos Sujetos a Publicación previamente validados, en la cual se les informará que sus nombres se harán públicos.
Luego de recibir la notificación, el deudor moroso tiene 30 días para pagar la deuda o impugnar la misma.
En días recientes, Hacienda congeló varias cuentas bancarias a la exjuez y política Zaida 'Cucusa' Hernández por supuestos errores en sus planillas.