A granel los cambios propuestos al Código Penal (infográfica)
Los cambios propuestos al Código Penal eliminan delitos redundantes u obsoletos, reducen penas en casos de delitos graves y agregan multas en gran parte de los delitos.
Asimismo, las enmiendas les dan discreción a los jueces en cuanto a las penas que pueden imponer. Específicamente, la restricción domiciliaria puede imponerse en sustitución de la pena de reclusión en delitos graves cuyo término de reclusión sea de ocho años o menos o en delitos de negligencia pero esta pena estará basada en el informe pre-sentencia y el plan de rehabilitación.
También se enmienda la pena de servicios comunitarios para que esté disponible para ciertos delitos graves y los menos graves. Además, se le permite al juez seleccionar entre varias penas en sustitución de la reclusión o combinarlas mediante una sentencia fraccionada con una parte en reclusión y otra en una o más de las penas sustitutivas a la encarcelación. Se introduce también la reparación del daño como causa para mitigar la pena o dejarla sin efecto.
Las enmiendas reincorporan la pena de restricción terapéutica como pena para adictos, pero eliminan la destitución de cargo público o empleo como pena para los casos de funcionarios públicos que con convictos de crímenes.
El representante Luis Vega Ramos, presidente de la Comisión de lo Jurídico, dijo que las leyes del servicio público del gobierno contienen la penalidad de destitución.
Bajo las enmiendas, si una persona comete un delito a los cinco años de una sentencia condenatoria, se le considera reincidente y no a los 10 años como es ahora. La reincidencia agrava las penas y en algunos casos puede resultar en una virtual cadena perpetua.
La pena para asesinato en primer grado se mantiene en 99 años pero la penalidad para el asesinato, pero se reduce de 35 a 25 años el tiempo que el convicto tiene que haber cumplido para poder salir en libertad bajo palabra. De otra parte, las enmiendas reducen la pena para el asesinato en segundo grado, que es aquel en donde no hubo premeditación, de 50 años a 25 años.
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Las enmiendas eliminan el aborto consentido por la mujer como delito así como la prohibición que existe que impide poner anuncios para facilitar abortos pero se mantiene el aborto por fuerza o violencia, cuya penalidad se reduce de ocho a tres años si se ocasiona un parto prematuro. Si la criatura muere, la persona será sancionada con pena de reclusión de tres años en vez de ocho como es ahora.
'Esta disposición sigue el esquema dispuesto en Roe vs Wade', dijo Vega Ramos al referirse a la decisión del Tribunal Supremo de los Estados Unidos que legalizó el aborto.
También se eliminaron el adulterio y el bestialismo, y se suavizaron las penas en casos de algunos delitos sexuales.
La penalidad para el delito de secuestro, que consiste en privar a una persona de su libertad mediante violencia o fraude, se reduce con las enmiendas de 25 años a 15 años y la pena para el secuestro agravado, se reduce de 50 años a 25 años.
Además se aclara que cuando se sustrae a la víctima del lugar en que se encuentre y se mueva del mismo, la sustracción de la víctima debe ser por tiempo o distancia sustancial y no meramente incidental a la comisi6n de otro delito, un requisito que no existe en el código.
Vega Ramos dijo que el cambio se tuvo que hacer porque hay vaguedad en el lenguaje de actual ley y porque en el código actual existen 14 intervalos de penas.
'Había que hacer ajustes', apuntó.
De otra parte, al justificar la reducción de penas en algunos delitos, Vega Ramos también mencionó el hecho de que el aumento en las sentencias ocasionó que el gobierno tuviera que solicitar enmiendas al acuerdo transaccional en caso de hacinamiento en las cárceles de Morales Feliciano, al no poder cumplir algunas de las condiciones.
El gobierno solicitó que se le eximiera de una estipulación que prohíbe la práctica de 'doble bunking' (poner más de dos reclusos en una celda) en áreas de custodia máxima por ciertos cambios en el código que limitan la participación de ciertos confinados en programas de desvío y el cambio las penalidades.
INFOGRÁFICA_ Cambios Propuestos al Código Penal_8958