Log In


Reset Password
SAN JUAN WEATHER
Ahora

Ombudsman: 'AEE no puede castigar al abonado para justificar lo injustificable'

'La AEE tiene que asumir su perdida, pero no puede castigar al abonado para justificar lo injustificable', afirmó la procuradora del Ciudadano, Iris Miriam Ruiz Class, en declaraciones escritas hoy, lunes, luego de que su oficina recibiera llamadas de abonados de la Autoridad de Energía Electrica, alegando que la corporación pública les pretende cobrar una cuantía atrasada.

'Toda deuda de un consumo determinado retroactivamente, jamás puede exceder de cuatro meses', manifestóla Procuradora a la vez que advirtió que de confirmarse la acción de la AEE choca directamente con lo dispuesto en la Ley 272 de 2002. La misma establece que en cualquier error en facturación, la Autoridadno puede realizar gestiones de cobro retroactivamente mucho más allá de cuatro meses de haber determinado tal insuficiencia, exlicó.

La única defensa que puede argüir la AEE es que se determine que el abonado haya hecho un uso indebido del servicio, como el hurto de energía eléctrica, dijo Ruiz Class.

No obstante, la queja de los abonados parece indicar que la corporación recurre a acusar siempre de uso indebido de energía, cuando por su propia negligencia; se han percatado demasiado tarde de que han cobrado de menos en la facturación, sostuvo Ruiz Class.

'Tenemos personal reforzando esta seria investigación. Pero el objeto de la denuncia es lograr que la ciudadanía se comunique con nuestra oficina para que podamos documentar esos casos y llevarlos a la atención del Director Ejecutivo de la Autoridad para darle conocimiento de la situación y la gravedad de la misma. Esto debido a que el pasado director ejecutivo, el señor Juan F. Alicea Flores, no actuo apropiadamente ante estas problemáticas. Estamos listos para actuar', indicó la Ombudsman.

En ese esfuerzo de empoderamiento de la ciudadanía, la exrepresentante recordó que su agencia también ha sido insistente en alertar del recurso que establece la Ley 33 del 27 de junio de 1985, donde un abonado no tiene que pagar por la parte protestada de una factura en disputa, hasta que la AEE investigue y resuelva la cuestión.

Sobre la misma, Ruiz Class dijo que muchos ciudadanos al verse amenazados por la inmediata suspensión del servicio, acceden al reclamo de la AEE de someterse a un plan de pagos, asumiendo muchas veces cuentas que de protestarse e investigarse correctamente, no serían de su responsabilidad. Asumido el plan de pagos, se renuncia a cualquier derecho ulterior.

'Hemos identificado que la norma ha sido que los ciudadanos más afectados han sido las personas de edad avanzada. Hemos sido muy efectivos en poner en práctica las disposiciones de defensa al abonado que contiene esta ley. Si el abonado no recurre a nosotros, no se queja o no reclama sus derechos, siempre será víctima de prácticas de cobro que pueden estar reñidas con las garantías que les ofrecen las leyes y reglamentos aplicables', manifestó la Ombusdman.

Ruiz Class insistió que la Procuraduría tiene los recursos para defender el interés público, pero es el ciudadano el que tiene que activar el mecanismo para poder actuar dentro de lo dispuesto en la ley.

Iriz Ruiz Class (Archvo / NotiCel)
Foto: