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Académica o prospectiva las ganas de Yulín de brincarle al tribunal?

Dos abogados, incluyendo el de la Unión Americana de Libertades Civiles, ACLU por sus siglas en ingles, opinaron que cualquier apelación que la alcaldesa de San Juan, Carmen Yulín Cruz Soto radicase en contra de la decisión judicial que declaró inconstitucional los puntos de cotejo para las Fiestas de la Calle San Sebastián, pudiese haberse tornado academica.

Esto es porque las fiestas se acaban hoy, domingo.

El ex senador y abogado, Eudaldo Báez Galib, quien hizo la salvedad de que no leyó la determinación de la Juez Gisselle Romero emitida el viernes, destacó que si la decisión se hizo en contra de una ordenanza municipal puede ser que no sea académica.

'Pero si la opinión habla de estos días y no tiene alcance más allá entonces sí pudo haberse académico', dijo Báez Galib.

El director ejecutivo de la ACLU, William Ramírez, se limitó a decir que la apelación era una académica.

'Yo entiendo que es académico', dijo.

La ordenanza número 21 que fue declarada inconstitucional en lo de los puntos de cotejo la semana pasada, trata de las medidas de seguridad que se tomarían para las Fiestas de la Calle San Sebastián del 2014 y no habla sobre las fiestas en un futuro, según cotejó NotiCel.

Luego de la determinación de la Juez Romero la semana pasada, la alcaldesa de San Juan insistió en la medida de seguridad y sostuvo que apelará la decisión.

'Habremos de apelarla y llevarla hasta el Tribunal Supremo, si es necesario', expresó en una entrevista televisiva. Cruz Soto levantó además un planteamiento de equidad, alegando que no entendía cómo se permitía establecer puntos de cotejo en otros festivales y actividades pero no en San Juan.

'Yo no sé cómo tú puedes declarar inconstitucional algo que no ha sucedido, porque nunca sucedió, pero lo importante aquí es la equidad. Somos un país donde en el municipio de Ponce, en las Justas, se pueden tener y cito: ‘15 puntos de cotejo con supervisión electrónica'…pero en San Juan no. Que en los Tubos se puede hacer, pero en San Juan no; que se puede hacer en fiestas patronales, pero en San Juan no. Yo me rehúso a pensar que la vida de alguien que visita a San Juan vale menos que alguien que visita el resto de los 77 pueblos. Por qué no se quejan, porque no es invasivo, porque todo el mundo sabe que se hace por su seguridad', planteó.

El Tribunal de San Juan la semana pasada declaró inconstitucional partes de la ordenanza municipal 21 y los protocolos que autorizaban al municipio de San Juan a establecer puntos de cotejos para registrar a los ciudadanos que asistiesen a las Fiestas de la Calle San Sebastián por constituir un registro irrazonable y una violación a la intimidad.

'El Tribunal establece que las medidas antes descritas son inconstitucionales por constituir un registro irrazonable y una intromisión indebida e injustificada en la intimidad de cientos de miles de ciudadanos', dijo Romero en su escrito.

Además, Romero decretó un injunction preliminar y permanente para prohibir a los funcionarios de San Juan implementar los puntos de cotejo establecidos pero destacó que las otras medidas de seguridad dictadas por la ordenanza se mantendrían en vigor.

Ya la juez había otorgado un entredicho preliminar el jueves pasado pero optó por decretar un injunction preliminar y otro permanente al considerar el impacto al interés público y la buena fe y diligencia de los peticionarios.

Romero sostuvo que analizó al tomar su decisión los intereses encontrados de ciudadanos que tienen una expectativa de intimidad y el del municipio de garantizar la seguridad de los ciudadanos que asistiesen a las fiestas. Destacó que los puntos de cotejo, en efecto, son un registro.

El municipio de San Juan aprobó una ordenanza para establecer puntos de cotejo para registrar a todo el que entrara a las fiestas por medio de una paleta de metal.

También se autorizaba el registro de bolsas, mochilas y otros objetos personales.

Las personas que no permitieran el registro no podrían entrar a las populares fiestas.

La ACLU y otras dos personas demandaron al municipio al destacar que los puntos de cotejo eran un registro irrazonable, una invasión a la intimidad y una violación a la libertad de expresión porque se impedía el acceso a calles públicas.

La alcaldesa puso verjas para cerrar las calles de la ciudad amurallada pero luego las removió y las sustituyó con vallas.

Entre sus argumentos, Romero destacó que el municipio estaba utilizando los bloqueos para propósitos generales de hacer cumplir la ley, lo cual sería ilegal, y no para un fin específico como lo sería un bloqueo para detectar conductores guiando en estado de embriaguez.

A modo de ejemplo, destacó que el protocolo de seguridad sometido por San Juan dice que a cualquier persona que se le encontrara sustancias controladas al ser registrada sería detenida y arrestada.

El interés de garantizar la seguridad 'no se puede usar como pretexto para tener puntos de cotejo con propósitos generales de hacer cumplir la ley', dijo.

'Es cerrar la capital por cuatro días y obligar a todo ciudadano que desea entrar a someterse a un registro irrazonable', dijo.

La juez critico que los puntos de cotejo no se limitaran al casco de San Juan sino a las personas que vayan a la estación del Tren Urbano en la Universidad del Sagrado Corazón y los estacionamientos del Coliseo Roberto Clemente, el Estadio Hiram Bithorn y el Centro de Convenciones

Destaco que la parte demandante, en este caso la ACLU, ofreció alternativas menos onerosas que el municipio rechazó. Además, dijo que el municipio redactó el protocolo de seguridad el 16 de enero, el mismo día que comenzaban las fiestas.

El activista de derechos humanos Pedro Julio Serrano abraza a la representante Luisa 'Piti' Gándara por encima de una de las vallas de seguridad de la SanSe. (Nayda Bobonis para NotiCel)
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