El ajuste por combustible
Por Sergio Marxuach*/El tema del ajuste por combustible ha estado en las noticias en días recientes. Para entender este tema es necesario analizar la fórmula que se utiliza para calcular dicho ajuste
La fórmula del ajuste por combustible es una fracción. En términos generales, el numerador (la parte de arriba) de la fracción consiste del costo mensual promedio del combustible utilizado para generar electricidad por la AEE, incluyendo los costos de acarreo y almacenamiento y, aparentemente, los arbitrios que el importador del combustible le paga a Hacienda.
El denominador de la fracción (la parte de abajo) consiste de tres elementos:
Primero, la cantidad total, en kilovatios hora (kWh), de energía generada y comprada por la AEE aplicable al mes de facturación.
Segundo, ese número se multiplica por 0.89 para recuperar unas contribuciones en lugar de impuestos que la AEE tiene que hacer por operación de ley.
Finalmente, la cifra resultante se multiplica por el factor E, cuyo valor fluctúa mensualmente, pero entendemos que actualmente es de alrededor de 0.85. Esta variable le permite a la AEE recuperar el costo de la energía perdida y sin contabilizar, incluyendo la electricidad que no se puede facturar debido al robo de la misma.
Cuál es el impacto de incluir el factor 0.89 y el factor E en el denominador de la fracción?
En términos matemáticos, el efecto es reducir el valor del denominador. Esto significa que el valor total de la fracción aumenta ya que el número por el cual se divide el numerador se ha reducido.
Un ejercicio simple demuestra de qué estamos hablando. Si usted tiene una fracción cuyo denominador es 1 y cuyo numerador también es 1, el valor total de la fracción también es 1, ya que 1 dividido entre 1 es igual a 1.
Ahora busque una calculadora (su teléfono celular probablemente tiene una) y haga el siguiente ejercicio. Multiplique primero 0.89 por 0.85. El resultado es 0.7565. Ahora divida 1 entre 0.7565. El resultado, redondeado, es 1.32. El valor de la fracción, por tanto, ha aumentado un 32%, de 1 a 1.32. Ése también es el impacto en el factor de ajuste aplicable a su factura, por lo menos mientras el valor de E se mantenga en 0.85.
Con respecto al factor 0.89 y el factor E, el Centro para la Nueva Economía (CNE) no argumenta que su cobro sea ilegal, por lo menos desde que se aprobó la ley 255 del 7 de septiembre de 2004, la cual enmendó la ley orgánica de la AEE respecto al asunto de las contribuciones en lugar de impuestos.
Nuestros señalamientos se limitan a que:
(1) ninguno de esos factores tiene nada que ver con la compra de combustible o con la compra de energía y, sin embargo, se incluyen en las fórmulas para determinar tanto el cargo por combustible como el cargo por energía comprada;
(2) ambos factores tienen el efecto de aumentar la cantidad cobrada por estos conceptos; y
(3) su inclusión en las fórmulas elimina los incentivos para que la AEE opere más eficientemente en términos económicos.
Qué se puede hacer para cambiar esta situación?
En cuanto al factor 0.89 se refiere, estamos de acuerdo con la AEE en que los créditos, subsidios, tarifas especiales, y las contribuciones en lugar de impuestos afectan adversamente el desempeño financiero de la AEE.
Subsidiar a los municipios a través de la factura de electricidad es sumamente ineficiente ya que aumenta los costos de todos los otros clientes y no fomenta ni promueve la conservación de energía. Tal vez se pueda argumentar que los municipios más pequeños o pobres tienen una necesidad real de este subsidio. De ser ése el caso, entonces recomendamos que se analicen otras opciones más eficientes para financiarlo. Más aun, cualquier subsidio que se legisle debería ser con cargo al fondo general, de esa manera evitamos que los legisladores escondan el costo real de los mismos.
En términos del factor E, el documento de oferta de bonos más reciente de la AEE dice que para el año fiscal 2010 la cantidad de energía perdida y sin contabilizar ascendió a 3,324 millones de kWh, lo que es equivalente a un 14.7% de la cantidad neta de energía eléctrica generada y comprada por la AEE de 22,559 millones de kWh. El valor estimado de esa energía perdida y sin contabilizar, asumiendo un costo promedio de 21.6 centavos por kWh, excede los $700,000,000.
Somos conscientes de que la cantidad de energía perdida y sin contabilizar nunca se podrá reducir a cero, pero dicha pérdida se puede minimizar manteniendo la infraestructura de transmisión y distribución en óptimas condiciones y aplicándoles la 'mano dura' a los que se roban la electricidad.
Continuar estas prácticas de facturación, que son perjudiciales para nuestra economía, y decididamente inmorales, ya que penalizan a justos y pecadores por igual, no es aceptable. Entendemos que arreglar esta situación va a tomar tiempo, pero la reestructuración radical de la AEE es inevitable, ya que el alto costo de la electricidad afecta negativamente las ya apretadas finanzas de las familias puertorriqueñas y limita severamente nuestras oportunidades de desarrollo económico. Los intereses de los bonistas, los suplidores, los recaudadores políticos, las uniones, los legisladores, y los partidos políticos tienen que pasar a un segundo plano.
Esperamos que lo anterior ayude a los lectores a entender su factura. En la medida en que el costo de la electricidad continúe siendo un impedimento para el desarrollo económico de Puerto Rico, nosotros en el CNE seguiremos haciendo los señalamientos públicos que estimemos pertinentes y necesarios con relación a este importante asunto.
* El autor es Director de Política Pública del Centro para la Nueva Economía. Publicado en Claridad