DACO se prepara para atípica venta del madrugador
Debido al estado de emergencia que se mantiene en Puerto Rico tras el paso del huracán María, un número considerable de contenedores con artículos siguen sin embarcar en varios puertos de Estados Unidos. Por tal razón, algunos comercios podrían no tener disponible todo el inventario ordenado para la venta del madrugador. Anticipando un 'Viernes negro' atípico, los comercios enfrentan retos para preparar y divulgar las hojas de especiales ('shoppers') e informar la duración de las ventas así como la disponibilidad de mercancía.
El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), por su parte, enfrenta el reto de la orientación a los comerciantes y a los consumidores antes y durante las ventas, la distribución de sus recursos en el mayor número de comercios posible, el adiestramiento a su personal para asegurar una fiscalización justa, la atención de las quejas que surjan durante el evento, y el manejo de las querellas presentadas con posterioridad.
Con este cuadro, el secretario del DACO, Michael Pierluisi, anunció la firma de un acuerdo con la Asociación de Comercio al Detal de Puerto Rico y la Cámara de Comercio de Puerto Rico de cara a las ventas que abren la epoca navideña.
'Esta venta se da en momentos en que Puerto Rico ha atravesado por un momento difícil pero es momento de continuar con las actividades que reactivan nuestra economía. Aunque diferente, este va a ser un ejercicio donde observaremos el comportamiento del consumidor, quizás con un mayor grado de responsabilidad o conciencia en lo que adquiere', expresó Pierluisi.
DACO permitirá que los rain-checks que se emitan durante las ventas del madrugador tengan 30 días para honrarse, en vez de 15, de no estar disponible algún artículo anunciado en especial, en cumplimiento con la regla 14 del Reglamento de Anuncios Engañosos.
Además, se promoverá la publicación de notas aclaratorias para informar a los consumidores sobre la disponibilidad limitada de ciertos artículos.
Asimismo, DACO permitirá que se le ofrezcan a los consumidores un descuento equivalente a la diferencia entre el precio regular y el precio especial de un artículo para utilizarlo en la compra de otro de igual o mayor precio del anunciado.
'Por ejemplo: Artículo anunciado en especial: televisor de precio regular $400.00, en especial a $200.00. Si aplicamos la Regla 14(B)(4), el descuento que tendría que ofrecer al consumidor sería de $200 para la compra de un artículo cuyo precio regular deberá ser igual o mayor de $400, que es el precio regular del artículo anunciado en venta especial. Es prerrogativa del comerciante ofrecer el descuento en un artículo de menor precio, si el consumidor así lo solicita', abundó el Secretario.