Certificado de Revendedor sigue vigente hasta fin de mes
La Secretaria del Departamento de Hacienda, Melba Acosta Febo informó hoy martes que el relevo del cobro del IVU en ventas de partidas tributables que son adquiridas por comerciantes que posean un certificado de exención para la reventa, mejor conocido como el Certificado de Revendedor continuará vigente hasta el 31 de julio de 2013 (el 'Relevo de Cobro')
'Por lo tanto, los comerciantes continuarán relevados del requisito de cobrar, retener y depositar el IVU en ventas de partidas tributables que son adquiridas por comerciantes que posean un Certificado de Revendedor que ocurran desde el 1 de julio de 2013 hasta el 31 de julio de 2013'.
Acosta Febo señaló que a partir del 1 de agosto de 2013, todo comerciante vendrá obligado
a cobrar, retener y depositar el IVU en ventas de partidas tributables adquiridas por otros
comerciantes exclusivamente para la reventa tal y como lo establece la Ley Núm. 40-2013, mejor conocida como la 'Ley de Redistribución y Ajuste de la Carga Contributiva', anterior P. de la C. 1073.