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Economía

Informe senatorial pide sacar a P. R. del yugo de las leyes de cabotaje

Un estudio senatorial recomienda al Gobierno, entre otras cosas, adoptar como política pública la liberación total de la aplicación de las leyes de cabotaje bajo la Ley Jones de 1920 por el impacto negativo en la economía.

El estatuto limita el tránsito marítimo de Estados Unidos y sus posesiones y/o territorios. Esto implica que todo transporte marítimo a la Isla y cualesquiera otros puertos de Estados Unidos, tiene que realizarse en buques allí construidos y de matrícula norteamericana, lo que aumenta los costos de transportación.

El Senado aprobó el lunes a viva voz el informe final de la Comisión de Derechos Civiles, Participación Ciudadana, y Economía Social, que preside la senadora Rossana López León, sobre el impacto económico del costo de los fletes marítimos entre Puerto Rico y Estados Unidos a consecuencia de las Leyes de Cabotaje.

El informe de la Comisión senatorial de Derechos Civiles, Participación Ciudadana y Economía Social incluye las observaciones de más de 30 deponentes quienes en su mayoría rechazan las leyes de cabotaje y cita varios estudios sobre su impacto. Uno de los estudios fue el del Banco de la Reserva Federal de Nueva York que indica que los altos costos de transportación de bienes a Puerto Rico eran debido a las restricciones impuestas por la Ley Jones y reportó que los navieros de Puerto Rico han cedido ante otros puertos en relación a la actividad naviera regional.

Específicamente, el Banco reportó que un furgón de 20 pies con bienes cuesta sobre $3,000 para llevar a Puerto Rico desde el este de los Estados Unidos pero solo $1,500 llevarlo a República Dominicana.

El estudio del Banco insiste en que la aplicación de la Ley Jones de 1920 ofrece debilidad para el crecimiento económico de la Isla y encara aún más el alto costo de hacer negocios aquí.

Asimismo, en el 2012, los profesores Jeffrey Valentín Mari y José I. Alameda Lozada del Departamento de Economía de la Universidad de Puerto Rico, Recinto Universitario de Mayagüez, presentaron un estudio que destacó que todos los estudios realizados en relación a la Ley Jones de 1920 y la economía de Puerto Rico, aunque realizados con metodologías distintas, concluyen que la misma tiene un efecto negativo en la Isla.

Se estimó el impacto económico de la Ley Jones en $537 millones de dólares durante el año fiscal 2010 y el costo tuvo su mayor alcance durante el año fiscal 2000, el cual se estimó en $1.1 billones de dólares.

La mayoría de los deponentes rechazaron un recién estudio del GAO sobre el tema porque el mismo no fue concluyente.

Pero el GAO reconoce en su informe de 2013 que las embarcaciones que se utilizan para transportar mercancía hacia y desde los puertos en Puerto Rico superan en instancias el doble de años de servicio de su expectativa de vida útil. Indica que las embarcaciones son ineficientes en el uso adecuado y moderno de combustible, así como su falta de capacidad para transportar cargar a granel, petróleo y gas natural, entre otras situaciones que afectan la actividad económica del intercambio marítimo en la isla.

El informe senatorial también concluye que las leyes de cabotaje violan el derecho a la alimentación adecuada, cual es corolario de los derechos humanos reconocidos internacionalmente debido a que la isla exporta el 80% de lo que consume.

También se recomienda que se soliciten exenciones administrativas a la Ley Jones de 1920, en lo que el Congreso actúa legislativamente sobre la derogación de la ley. Si el gobierno central no realiza tal gestión, la misma debe ser solicitada por el Senado.

Se aconseja, además, el envío del informe al Comité de Descolonización la Organización de las Naciones Unidas y a la Organización de Estados Americanos, para que la situación sobre el grave problema económico y de vulnerabilidad que enfrenta la Isla sea considerado como un asunto de urgencia económica y civil de los puertorriqueños, así como una crasa violación al derecho de desarrollo, libre y sin trabas.

Se peticionaría al Presidente y al Congreso de Estados Unidos que establezcan una entidad reguladora, a nivel nacional, que reglamente el mercado y establezca normas de alerta y cumplimiento sobre las posibles salidas de las marinas mercantes bajo la Ley Jones, de los mercados a los que le sirven, con al menos, seis meses de antelación a su partida para evitar la desestabilización de las operaciones marítimas comerciales.

De otra parte, se le solicita al Secretario de Justicia que ausculte la posibilidad de demandar en jurisdicción federal a nombre del pueblo de Puerto Rico por los daños ocasionados en virtud de la violación de derechos humanos y restricción al desarrollo económico que el País ha sufrido desde hace 94 años.

Actualmente, existen ciertas exoneraciones a dicha Ley. Las Islas Vírgenes fue exenta de la aplicación de la misma. Las Islas Marianas del Norte fueron eximidas de las normas federales de cabotaje en su pacto de libre asociación con Estados Unidos; mientras a Guam se le excluyó del requisito de que los barcos que se utilicen hacia su territorio desde Estados Unidos fuesen de construcción estadounidense entre otras.

En el 1980, hubo una exención a la Ley de Servicios de Pasajeros de 1886, para que no aplicara a los cruceros de pasajeros que llegaban a los puertos de Puerto Rico, debido a una crisis económica existente en el país en ese momento.

El Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) indicó que se han promulgado excepciones a la Ley Jones, para el uso de embarcaciones extranjeras para el transporte de petróleo y gas natural. El presidente George W. Bush concedió una excepción de 19 días en el 2005, luego del paso del Huracán Katrina, mientras el presidente Barack Obama también otorgó excepciones durante el 2011 para facilitar el transporte de petróleo de la Reserva Estratégica Nacional y otra vez en el 2012, para asistir en la transferencia de combustible al Noreste de Estado Unidos luego del paso del Huracán Sandy y el Huracán Katrina.

En el informe, la expresidenta del Colegio de Abogados, Ana Irma Rivera Lassén ,dijo que las leyes violan el derecho de Puerto Rico a realizar negocios. Rivera Lassén indicó que las cláusulas interestatales se crearon para proteger los negocios entre estados. Puerto Rico no se encuentra cobijado bajo esas protecciones, porque no son los intereses comerciales de la Isla los que estarían protegidos. Añadió que tan es así, que estas leyes van encaminadas a proteger el negocio de los barcos.

Por otro lado, la Cámara de Mercadeo, Industria y Distribución de Alimentos (MIDA) pidió solicitar al gobierno federal cambios a nuestro sistema regulatorio tanto para exceptuar del requisito de construcción de los barcos en Estados Unidos como añadir supervisión al establecimiento de tarifas y, además, sugirió la creación de una comisión de expertos para evaluar la cadena completa de suministros y hacer recomendaciones más allá de las leyes de cabotaje.

La Asociación de Industriales planteó que los puertorriqueños no son los únicos en plantear la posibilidad de que se les exonere de las leyes de cabotaje. Así las cosas, los agricultores de EEUU y los hawaianos han solicitado lo mismo, dirigidos a establecer que la Ley Jones implica un impuesto al tener que pagar por los servicios de transportación más caros.

Del mismo modo, los Industriales señalaron que en abril de 2013 la legislatura del Estado de Hawaii presentó dos proyectos de ley, cuales pretenden enviar al Congreso un mensaje para reformar las leyes de cabotaje. Las referidas medidas solicitan que Puerto Rico, Alaska y Guam, mediante sus respectivas legislaturas, realicen reclamos similares. Por su parte, en Puerto Rico, la Asamblea Legislativa ha presentado sobre ocho medidas legislativas con similares propósitos.

Los Navieros no avalaron que se exima Puerto Rico de la Ley Jones. Según éstos, al País llegan aproximadamente 260,000 contenedores; de estos 58,000 contienen vehículos de motor y 202,000 son de carga suelta. Lo anterior constituye un setenta 70% de la carga que llega a Puerto Rico, el restante 30% llega en barcos de bandera extranjera. Asimismo, indicaron que unos 60,000 contenedores son exportados desde Puerto Rico hacia Estados Unidos. El costo del flete en el comercio marítimo doméstico es de aproximadamente $700 millones anuales.

Señalaron que los fletes de las importaciones de Estados Unidos podrían reducirse aún más si Puerto Rico reactivara su manufactura y su agricultura para exportar sus productos a al país norteamericano. Destacaron que los barcos y barcazas 'southbound' tienen solo un 80% de su capacidad ocupada, pero apenas se ocupa el 20% en exportaciones 'northbound'.

Rechazaron la creencia general errada de que en Puerto Rico no se reciben embarcaciones de bandera extranjera. Según los Navieros, actualmente existen varias navieras internacionales que ofrecen sus servicios al mercado de Puerto Rico, a saber: CMA-CGM, Mediterranean Shipping Co., American Presidents Lines, Compañía Chilena de Navegación, Evergreen, Maersk, NYK LInes, Hpaag Lloyd, Dole, entre otras.

De otra parte, los navieros destacaron que sus embarcaciones están dedicadas exclusivamente al transporte de bienes en contenedores y vehículos de motor entre Puerto Rico y Estados Unidos. Esto permite que presten servicios fijos, programados, semanales desde y hasta los Estados Unidos. Ofrecen 12 viajes semanales con tiempo de tránsito de entre tres y siete días de origen a destino. Esto se traduce en certeza para los importadores y exportadores de cuándo pueden enviar o recibir su mercancía de los Estados Unidos.

'Las navieras internacionales no pueden ofrecer estas garantías. La puntualidad de las navieras domésticas según el GAO es de 98% vs el 80% en el comercio internacional', dijeron.