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Educación

Gobierno solicita paralizar pleito de educación especial (documento)

El Gobierno de Puerto Rico radicó la solicitud de un interdicto preliminar y permanente para paralizar el pleito de clase Rosa Lydia Velez v. Departamento de Educación, a raíz de la radicación de quiebra bajo el Título III de la Ley federal PROMESA.

'El propósito fundamental de todo proceso de quiebra es que el deudor tenga oportunidad de reorganizar su actividad económica, mientras se protegen los intereses de los acreedores', indica la solicitud.

'Como norma general, la paralización mantiene toda su fuerza y vigor hasta que el caso generado por la petición de quiebra se desestime, cierre, deniegue o se releve al deudor de las deudas. Aclaramos que que la paralización automática que procede ante la ausencia de jurisdicción del Tribunal, corresponde solo al caso y no incide en la obligación del Departamento de Educación a continuar brindando los servicios que por ley está ordinariamente llamado a brindar', lee la solicitud.

El pleito de clase que tiene que ver con la indemnización y los servicios que reciben los estudiantes del Programa de Educación Especiallleva más de 37 años en los tribunales. Se han reportado alrededor de 17,000 casos, pero ese número es sumamente bajo tomando en cuenta los más de 300,000 estudiantes, madres o encargados de niños de educación especial afectados.

Se atendían dos fases del caso: la fase interdictal y la fase de daños. La primera es dirigida al proceso de monitoría o evaluación en cuanto al cumplimiento de la sentencia parcial por estipulación dictada, lo que implica una etapa de ejecución de sentencia. La fase de daños tiene que ver con la compensación que solicitan los miembros de la clase por los alegados daños que el Departamento de Educación les ocasionó el no recibir los servicios relacionados correspondientes.

En cuanto a esta última fase, la ley del caso al día de hoy lo es la Resolución y Orden de 12 de enero de 2017, mediante la cual se dispuso la desconsolidación de pleitos y la forma y manera en que se van a trabajar las reclamaciones que se presenten dentro de los procedimientos dispuestos por el Tribunal. A ello subsisten dentro del caso y como parte del mismo la reclamación en daños y perjuicios de los demandantes originales, con excepción de la de Rosa Lydia Vélez con respecto a quien se dictó sentencia parcial.

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Solicitud Interdicto Gobierno _25072

Rosa Lydia Vélez y Carmen Warren (Archivo / NotiCel)
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