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Comisión de Juegos inicia cobro de $1,500 por máquinas de juegos de azar en negocios

Lo podrán hacer con tres pagos de $500 desde el 23 de agosto hasta el 31 de enero del año próximo.

La Comisión de Juegos de Puerto Rico inició el proceso de cobro de $1,500 por la licencia de cada una de las máquinas de juegos de azar que se instalen y operen en establecimientos comerciales a través del país.

El director ejecutivo de la Comisión, Orlando A. Rivera Carrión, emitió el pasado viernes una comunicación a los dueños mayoristas u operadores de estas máquinas en la que les informa que el primer pago de $500 por estas licencias debe hacerse a partir del próximo 23 de agosto y tendrán 30 días, o hasta el 30 de septiembre para hacerlo.

Los dos pagos subsiguientes, que son por la misma cantidad, deberán hacerlos antes del 31 de noviembre de 2021 y del 31 de enero de 2022.

“Durante el primer semestre del año 2021, fueron certificados los primeros cien operadores de máquinas de juegos de azar en ruta (máquinas) de conformidad con la Sec. 10 de la Ley de Máquinas de Juegos de Azar, Ley 11 de 22 de agosto de 1933”, informa Rivera Carrión en su comunicación.

Señala que los $1,500 del costo anual de la mencionada licencia incluyen un marbete que será adherido en la parte superior izquierda de la pantalla del gabinete de la máquina y tendrá un sistema de tecnología electromagnética, conocido como RFID, por sus siglas en inglés (Radio-Frequency Identification).

“Cada Operador deberá emitir un pago correspondiente al total de Máquinas que posee, que no será menor de cien (100), ni mayor de doscientos cincuenta (250) máquinas. El incumplimiento con el requisito de cualquiera de los pagos de las licencias de las máquinas dentro de los términos provistos por la Comisión, conllevará la revocación de la certificación de operador o dueño Mayorista”, agrega.

Advierte el director ejecutivo de la Comisión de Juegos que cada operador es responsable, junto con los dueños de negocios, de informar a la Comisión la ubicación de todas sus máquinas y les adelanta que, luego de recibido el segundo pago por concepto de los derechos de licencia de cada máquina, el organismo inspeccionará los negocios donde estarán ubicadas las mismas para confirmar que están cumpliendo con los requisitos de la Ley.

“Todo negocio que posea máquinas sin un marbete podrá ser culpable de un delito menos grave y si fuere convicto será castigado a prisión por un término máximo de seis meses o estará sujeto a una multa no menor de $5,000, ni mayor de $10,000, o ambas penas a discreción del tribunal. Cualquier convicción subsiguiente se le impondrá una pena de multa fija de veinte mil $20,000 y se considerará delito grave con reclusión por un periodo de tiempo de un (1) año”, indica.