Cámara aprueba eliminar 10% de fianza en casos de delitos graves
La Cámara de Representantes aprobó una medida que eliminaría el pago del 10% de la fianza establecida por un juez en casos de delitos graves.
'Debido al potencial peligro que las personas imputadas de ciertos delitos graves representan para la sociedad cuando son puestas en libertad bajo fianza, la Asamblea Legislativa ha entendido que se deben imponer ciertas restricciones para otorgar dicha libertad', expuso el representante Jose Aponte Hernández, autor de la medida en declaraciones escritas.
La pieza legislativa expone otras restricciones que incluye que el imputado tendrá que estar sujeto a supervisión electrónica y la fianza no podrá ser diferida.
El Proyecto de la Cámara 68 incluiría delitos relacionados al maltrato de las personas de edad avanzada como graves.
En el actual ordenamiento jurídico, cada imputado de delito tiene el derecho constitucional a quedar en libertad, previo el pago de una fianza, antes de que medie un fallo condenatorio. Dicha fianza no podrá ser excesiva (Art. II, Secc. II de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; Pueblo v. Morales Vázquez, 129 D.P.R. 379).
Asimismo, las Reglas 6.1 y 218 de las de Procedimiento Criminal de 1963, recogen este principio constitucional y detallan la manera en que se impondrá la fianza en los tribunales de Puerto Rico.
La medida pasa ahora al Senado.