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La Calle

Urbanización sigue a merced del MSJ para control de acceso

Varios residentes Río Piedras están preocupados de que el Municipio de San Juan enmiende la Resolución 14 para eliminar la autorización de un control de acceso en la calle Upsala de la urbanización Parque San Ignacio, porque consideran legalizaría parte de las violaciones que cometió la Unión de Asociaciones Recreativas de Urbanizaciones San Francisco, Santa María y San Ignacio (UNDARE, Inc.).

Sin embargo, el director del Departamento de Planificación Urbana, Ambiente y Permisos del Municipio de San Juan, José Rivera Santana, indicó a NotiCel que todavía no han tomado una determinación de si se permitirá la enmienda o si se le ordenará a UNDARE que cumpla con el establecimiento del portón de control de acceso en la calle Upsala y las demás disposiciones que han estado violando.

Según el funcionario, para finales de enero se rendirá el último informe con recomendaciones que deberá pasar por el aval de la Legislatura Municipal, quienes podrán enmendar la decisión o hacer sus indagatorias. Este no pudo afirmar o rechazar si el Municipio puede multar a UNDARE por el procedimiento llevado a cabo para el derrumbe del portón de control de acceso de la calle Upsala efectuado en 2004, si el ayuntamiento decide que se debe enmendar la Resolución, que autorizaba un control de acceso en las urbanizaciones San Francisco, Santa María y San Ignacio; y la calle Upsala.

La Ley de Control de Acceso dispone que 'cualquier violación o incumplimiento de los requisitos antes establecidos conllevará la revocación automática de la autorización, excepto cuando el permiso o autorización se haya inscrito en el Registro de la Propiedad de Puerto Rico según se autoriza en la [23 LPRA sec. 64d-1] de esta ley. Los gastos de desmantelar o remover las facilidades de control de acceso serán responsabilidad y por cuenta de los residentes y propietarios de la urbanización o comunidad concernida que favorecieron el control de accesos'.

'Cuando el permiso o autorización conste inscrito en el Registro de la Propiedad de Puerto Rico no se podrá revocar la autorización pero el municipio en donde ubique el desarrollo o lotificación podrá imponer sanciones, de existir una ordenanza municipal a tal efecto, a toda persona natural o jurídica responsable de violar o incumplir los requisitos antes establecidos. Cuando el permiso o autorización se haya solicitado por el urbanizador, el desarrollador o el constructor estos serán responsables por dichos incumplimientos o infracciones mientras no se hayan vendido y entregado más del sesenta y cinco por ciento (65%) de las residencias, solares o lotes de que consta la urbanización, lotificación o lotificación simple. Cuando hubiese constituido un Consejo, Junta o Asociación de Residentes ésta será responsable del incumplimiento o infracción de las disposiciones de la [23 LPRA sec. 64c] de esta ley y mantendrá bajo su autoridad el control de acceso para administrarlo y mantenerlo', se agrega en el estatuto.

De otro lado, Rivera Santanaaseguró que dicho informe atenderá varias de las controversias que han surgido entre UNDARE y algunos residentes, y no únicamente se va a centrar en el derrumbe del portón de control de acceso en la calle Upsala. Sostuvo que el Municipio hizo su propia inspección para constatar si se incurrió en las alegadas violaciones.

Para propósitos de este tercer informe que rendirá el Departamento de Planificación Urbana, Ambiente y Permisos, la Oficina de Asuntos Legales del Municipio emitió una opinión sobre el marco legal y normativo en el que se podía mover el ayuntamiento, y recomendó que se enmendara la Resolución. No obstante, advirtió que esta enmienda estaba sujeta a los resultados del estudio y análisis que tenía pendiente por hacer el Municipio.

Sobre la controversia con la calle Upsala, Ángel Herrera Cotalmanifestó que los residentes de dicha vía están consternados por los incidentes criminales registrados en la zona, por lo que abogan por la restitución del portón de control de acceso. En ese sentido, destacó cómo un residente de la calle fue baleado el pasado octubre en medio de un asalto mientras se ejercitaba.

El Departamento de Planificación Urbana, Ambiente y Permisos asumió la evaluación del Informe de la Resolución 13 emitido el pasado abril por la Comisión de Urbanismo, Infraestructura y Ambiente del Municipio de San Juan, ante el hecho de que hubo unos cambios en la dirección de la Oficina de Control de Acceso.

En una carta que emitió Rivera Santana al presidente de la Comisión, Iván Puig Oliver, este detalló que conformó un Grupo Especial para trabajar con el asunto, que estaba compuesto por él; la directora de la Oficina de Asuntos Legales, Zaira Girón; el director de la Oficina de Planificación y Ordenación Territorial, Jorge Hernández Favale; la nueva directora de la Oficina de Control de Acceso, María Matos; y el ayudante del director ejecutivo del Municipio, José Rabell Cancio.

En julio de 2013, la Legislatura Municipal aprobó la Resolución 13, que se ordenó a la Comisión investigar si UNDARE estaba cumpliendo con lo dispuesto en la Resolución 14. Para abril de 2014, la Comisión emitió su informe, en el que determinó que no se estaba cumpliendo con la Resolución 14. Al mismo tiempo, recomendó que se refiriera el informe a la Oficina de Control de Acceso y a Rivera Santana, para que en conjunto con los residentes se enmendara al control de acceso existente o se dispusiera de uno nuevo. De igual forma, se le requirió a la Oficina de Control de Acceso crear un reglamento para atender querellas y para enmendar las autorizaciones de controles de acceso.

Vea también

Controversia por control de acceso a urbanización en Río Piedras

Resolución 13 de la Legislatura Municipal-NotiCel_10194

Informe de la la Comisión de Urbanismo, Infraestructura y Ambiente-NotiCel_10195

Primer Informe del Departamento de Planificación Urbana, Ambiente y Permisos-NotiCel_10196

Segundo informe del Departamento de Planificación Urbana, Ambiente y Permisos-NotiCel_10197

(Josian Bruno/Archivo NotiCel)
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