Hacienda vuelve a la calle contra negocios evasores de IVU
El secretario del Departamento de Hacienda, Juan Zaragoza Gómez, informó que en la mañana del miercoles, fue diligenciado otro operativo de embargos en el que se impactaron cuatro localidades que cometieron serias violaciones al Código de Rentas Internas.
'En este operativo intervinimos a 4 comercios que incumplieron con la obligación de remitir dinero al Departamento de Hacienda que tenían en carácter fiduciario, incluyendo retenciones del Impuesto de Ventas y Uso (IVU), contribución patronal y retención de servicios del 7 por ciento, además de cheques devueltos. Entre todas las violaciones Hacienda dejó de recibir sobre 3 millones de dólares', dijo el secretario en un comunicado de prensa.
Informó que los comercios incluyen dos establecimientos de comida localizados en Carolina, que tienen una deuda de aproximadamente 680,000 dólares por no remitir retención patronal ni pagos de IVU principalmente; una tienda de ropa exclusiva para caballeros que adeuda aproximadamente 900,000 dólares en retenciones patronales y pagos de IVU, además de otras deudas de arbitrios y una compañía dedicada a la fabricación y venta de puertas y ventanas que tiene deudas acumuladas por aproximadamente 1.8 millones de dólares por concepto de retención de la contribución patronal, pagos de IVU y multas de IVU Loto.
'En esta ocasión la infracción de dos comerciantes es agravada debido a que varios de los comercios intervenidos deben la radicación y el pago de más de 10 planillas de IVU. Varios comercios tampoco estaban remitiendo la retención patronal que le han hecho a sus empleados. Con este dinero Hacienda podría pagar aproximadamente 25,000 reintegros', recalcó el funcionario.
Zaragoza Gómez explicó que estos embargos y cierres de localidades tienen carácter preventivo y se efectúan con el propósito de garantizar el cobro de la deuda con el Estado Libre Asociado. Transcurridos treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, el embargo será ejecutado si no se ha cancelado la deuda en su totalidad, ya sea mediante pago o con evidencia de haber realizado el mismo.
Después de dicho periodo, la propiedad embargada o parte de ella, será vendida en pública subasta tan pronto sea posible, sin más avisos.
Recordó que la Sección 6080.2 del Código dispone que toda persona responsable de recaudar, retener y depositar el pago de cualquier contribución impuesta, estará sujeta en su carácter personal a una penalidad igual a la cantidad total de la contribución evadida, dejada de recaudar, dejada de retener, dejada de depositar, dejada de ser reportada o dejada de ser entregada por la entidad o persona sujeta a dicha obligación. 'Aclaro que cuando la corporación no pueda pagar, Hacienda irá tras el dueño en su carácter personal', agregó.
Durante el operativo participaron Técnicos en Contribuciones, Agentes de Rentas Internas, Agentes de Evasión y Agentes de la Policía.