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SAN JUAN WEATHER
Legislatura

Proyecto faculta al Estado a confiscar embarcaciones utilizadas en momentos de mal tiempo

Específica que se ocupará la embarcación “luego de haberse emitido aviso y/o advertencia antes, durante y/o después de una emergencia debido al mal tiempo o en medio de un disturbio atmosférico”.

El proyecto no identifica mecanismos para que el propietario recuperre la embarcación.
Foto: Archivo/NotiCel

El Senado ha incluido en el Calendario de Órdenes Especiales de la sesión de hoy un proyecto de ley que orden al Estado ocupar embarcaciones de ciudadanos que reten las advertencias al intentar navegar en situaciones de mal tiempo en ríos, lagos o el mar.

El Proyecto de la Cámara 907, del representante penepé Ángel Bulerín, enmienda la ley orgánica del Departamento de Seguridad Pública para otorgarle esta herramienta al gobierno, pero no identifica las maneras en que el ciudadano podría recuperar la embarcación. Tampoco identifica el lugar donde serían ubicadas las embarcaciones confiscadas.

“Una vez ocupada la propiedad, entiéndase la embarcación o vehículo de navegación, le preocupa al DSP (Departamento de Seguridad Pública) que en sus Negociados la disponibilidad de espacio para custodiar dicha propiedad es limitado, por lo que entienden que es necesario evaluar la posibilidad de que Ia labor de custodia sea coordinada en conjunto con el Departamento de Recursos Naturales, de forma tal que puedan asumir la misma”, lee el informe positivo firmado por el senador popular Alberto Torres Berríos.

La Ley 93-2018 ya faculta al gobierno a multar y tipifica como un delito menos grave que ciudadanos que hagan caso omiso a las advertencias del estado de condiciones de peligro en el agua y entren a la misma. Ese estatuto penaliza esta conducta con una multa no menor de $100 ni mayor de $500.

Sin embargo, el proyecto también propone un asunto que ya es ley y consiste en ordenar a ciudadanos a pagar los gastos de un rescate. Eso ya está codificado a través de la Ley 72-2023. Se trata de la obligación de ciudadanos a costear los gastos asociados a las operaciones para su búsqueda y rescate si se demuestra que el ciudadano, temerariamente, ha ignorado las advertencias de las autoridades.