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Legislatura

Lenguaje de Código Civil dificulta trámites para personas transgénero

La Gobernadora aseguró que su interés es proteger los derechos ya reconocidos.

En la foto el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, durante una sesión ordinaria en abril.
Foto: Nahira Montcourt

De no ser enmendado para reconocer de manera explícita los derechos de las personas transgénero, el Código Civil propuesto podría ser impugnado en los tribunales por su lenguaje confuso en torno a los cambios permitidos en un certificado de nacimiento.

Aunque el proyecto de ley reconoce que todo ser humano tiene derecho a un nombre, de la forma en que se interpreta el proyecto de ley se requiere que personas transgénero reciban auxilio judicial para que el Registro Demográfico haga una modificación al margen de su inscripción original del sexo. Sin embargo, este trámite va en contra de la determinación de la juez federal Carmen Consuelo Cerezo en el caso Arroyo v. Rosselló.

Con esa decisión, comunicada en el 2018, las personas solo necesitan una recomendación de un facultativo médico y un sello de $20 para tramitar reasignaciones de sexo o género, para lo que el Departamento de Salud emitió una orden de cumplimiento y el Registro Demográfico adoptó una carta normativa.

“En el Código Civil nuevo, establece en el lenguaje, que causa confusión, que cualquier persona que vaya a hacer un cambio de género, necesita pasar por un juez. Se puede interpretar que es para hacer cualquier cambio de género. Lambda Legal sometió una carta a la Gobernadora [Wanda Vázquez Garced] que, de aprobarse el Código Civil, se iban a llevar ante el Tribunal Federal por desacato, por incumplimiento con Arroyo v Rosselló”, señaló Alberto Valentín, abogado y director del Consejo Asesor LGBTQIA+ de La Fortaleza.

PDF: Entrillado del Código Civil.pdf

Como es una medida en poder del Senado, son los integrantes de este cuerpo legislativo quienes deben introducir enmiendas a estos fines —que ya se han discutido, según Valentín— en el hemiciclo. De ser enmendado, el proyecto de ley debe regresar a la Cámara de Representantes, como cuerpo de origen, para que se decida si se concurre o no con los cambios.

Este diario digital solicitó conocer si los presidentes de la Cámara de Representantes y el Senado, Carlos “Johnny” Méndez Núñez y Thomas Rivera Schatz, respectivamente, habían discutido posibles enmiendas a la medida, además de la posición de ambos en torno al proyecto de ley, pero al momento de esta publicación no se ha recibido respuesta.

En otros medios de comunicación, Méndez Núñez aseguró que no firmaría el documento si no se discutían los cambios de antemano.

En declaraciones escritas sometidas a NotiCel, la Gobernadora no aludió a enmiendas, observaciones sobre la medida o condiciones que deben cumplirse para contar con su firma.

“En la pieza legislativa de mayor trascendencia para las relaciones y negocios jurídicos entre ciudadanos como el Código Civil, reiteramos que es nuestro norte el velar porque se garanticen y no se vulneren los derechos que actualmente cobijan a distintos sectores de la población. Una vez el mismo esté para nuestra consideración, lo evaluaremos con la seriedad, rigurosidad y conciencia social que el mismo requiere”, expresó Vázquez Garced por escrito.

La postura de la Primera Ejecutiva es similar a la que esbozó en una ponencia sobre el proyecto de ley que sometió en el 2018 mientras se desempeñaba como Secretaria del Departamento de Justicia.

En ese documento, subrayó la importancia de proteger los derechos fundamentales reconocidos y velar porque las disposiciones tengan viabilidad jurídica.

PDF: Ponencia Departamento de Justicia 2018.pdf

El Código Civil propuesto ha sido objetado por múltiples organizaciones, como la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas inglés), Puerto Rico para Tod@s, Taller Salud, el Colegio de Abogados y Abogadas y el Comité Amplio para la Búsqueda de Equidad (CABE), entre otros.

El consenso de las denuncias públicas de las múltiples organizaciones, además de afectar los derechos de las personas transgénero, apunta a que la discusión del proyecto de ley ha sido atropellada, sin transparencia al no celebrarse vistas públicas y cuya votación se daría en medio de una pandemia.

Esta fue una de CABE, que a través de su portavoz Carmen Milagros Vélez Vega, añadió que “la comunidad LGBTTIQ+ está de luto, bajo acecho y en peligro ante los asesinatos de cinco personas trans en menos de dos meses” en el 2020.

En los pasados 15 meses, han asesinado a diez personas de la comunidad LGBTTIQ+. A saber: Kevin Fret, Alexa Negrón Luciano, Serena Angelique Velázquez, Layla Peláez, Emilio Colón, Penélope Díaz, Javier Morales, Carlos Robin Morales, Yampi Méndez y Luis Díaz.

Las personas naturales y los no nacidos

Una búsqueda a las 589 páginas del texto revela que no existe mención a personas del mismo sexo, personas intersexuales, transgénero o transexuales. En su lugar, el Código Civil propuesto habla de “personas naturales” y lo define como que “todo ser humano es persona natural”.

Es por eso que, cuando se hace referencia al matrimonio, la medida establece que “el matrimonio es entre dos personas naturales”, lo que apunta a que se reconoce el derecho de las personas del mismo sexo de contraer nupcias.

Otro cambio que surge del entrillado publicado por el Senado es la eliminación de la capacidad jurídica al ser concebido pero no nacido, también llamado “nasciturus”, aunque la exposición de motivos afirma que se le reconoce “la condición de persona en todo aquello que le sea favorable, siempre que nazca con vida”.

Las inclusión del “nasciturus” fue sugerida por Puerto Rico por la Familia —que agrupa organizaciones religiosas y civiles—, entidad que en una ponencia presentada ante la Cámara de Representantes en el 2018 defendió a este “niño por nacer” como persona jurídica.

La posición de este y otros grupos considerados como conservadores es que la vida humana existe desde la concepción y el matrimonio debe ser entre un hombre y una mujer, “según su sexo de nacimiento”.

En el Código Civil propuesto, se dispone que “si el concebido nace muerto se reputa no haber existido jamás”, que también fue objetado por Puerto Rico por la Familia por entenderlo una inconsistencia.

En otros aspectos, grupos como Taller Salud denunciaron que el Código Civil propuesto elimina la disposición del “hogar seguro”, que aseguraba vivienda a padres custodios en casos de separación, además de que se modifica la política pública respecto a la venta de bienes públicos y existe una violación a la separación de Iglesia y Estado.

De acuerdo a múltiples grupos que abogan por los derechos civiles, la medida bajaría a votación el lunes 11 de mayo.

Periodista que cubre temas de gobierno, tribunales y política. También le interesan los deportes, las películas y la música. Es exalumna de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras.