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Un estudiante universitario tiene la obligación de radicar planilla de contribución?

Hay muchas consideraciones relacionadas a las contribuciones sobre ingresos en el caso de estudiantes universitarios. A continuación contestaremos las preguntas más frecuentes.

I. El estudiante universitario que es menor de edad tiene la obligación de radicar una planilla por el ingreso devengado?

Si el estudiante universitario no ha cumplido veintiún (21) años de edad y recibe ingresos por concepto de trabajo, entonces todo ingreso recibido por la prestación de un servicio deberá ser incluido como parte del ingreso bruto de éste y no en el de sus padres. El menor tendrá la obligación de rendir una planilla si su ingreso bruto excede de $5,000 y tendrá derecho a todas las deducciones provistas por ley que le sean aplicables. Por otra parte, los ingresos pasivos tales como: intereses, dividendos, donativos, premios y rifas, becas (siempre y cuando cumpla con lo mencionado arriba), entre otros, no formarán parte del ingreso bruto del menor. Por lo tanto, estos ingresos deberán ser informados en la planilla de los padres.

Si el menor recibe ingresos por servicios prestados y dicho ingreso bruto no excede de $2,500, los padres lo pueden reclamar como dependiente. No obstante, en caso de que el menor sea estudiante regular, dicho ingreso bruto no debe exceder de $7,500. Los padres no están obligados a incluir en su planilla de contribución sobre ingresos la cantidad devengada por el menor siempre y cuando no exceda $2,500 o $7,500 en caso de que sea estudiante regular.

II. El dinero de la beca es tributable?

En Puerto Rico, la regla general es que todo ingreso es tributable, excepto aquel específicamente excluido por ley. El dinero recibido por una beca será exento, siempre y cuando el mismo sea utilizado para estudios conducentes a un grado académico, como un bachillerato, una maestría o un doctorado. Aquí se incluye el dinero utilizado para pagar la matrícula y/o libros. No obstante, si la beca cubre costos de hospedaje y/o comida, esa porción será tributable y deberá ser incluida como ingreso en la planilla del estudiante. En caso de que el estudiante sea un dependiente, dicho ingreso tributable deberá ser incluido en la planilla de contribución sobre ingresos de los padres.

III. Soy estudiante a tiempo completo y trabajé durante el 2016. Mis padres pueden utilizarme como dependiente en su planilla?

Sí, siempre y cuando cumplas con los siguientes requisitos:

1) Estudiante regular en una institución universitaria o técnico-profesional;

2) Que no hayas cumplido 26 años al 31 de diciembre de 2016;

3) Que no hayas recibido ingresos en exceso de $7,500 durante el 2016;

4) Que tus padres te hayan provisto más de la mitad del sustento.

En el caso de padres separados o divorciados, la exención por dependiente la reclamará el padre que tenga la custodia del hijo. Sin embargo, en el caso de que ambos padres compartan la custodia del menor, la exención se dividirá por la mitad entre ambos padres bajo cuya custodia estuvo éste durante la mayor parte del año natural. El hijo deberá haber recibido más de la mitad del sustento de sus padres durante el año.

Si necesita información adicional relacionada al tema discutido o para cualquier otro asunto contributivo, favor de consultar el Contador Público Autorizado (CPA) de su predilección. También puede acceder al Manual del Contribuyente de 2016 en el siguiente enlace: www.colegiocpa.com.

*El autor es CPA y abogado; Colaboración Especial del

Colegio de CPA.

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