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ELA: Supremo debe evaluar constitucionalidad de Ley 160, no la política pública

Las opiniones y cuestionamientos de los jueces del Tribunal Supremo durante la vista oral en el caso que evalúa la constitucionalidad de la ley 160, que reforma el Sistema de Retiro de Maestros (SRM), se dividieron el miercoles entre quienes piensan que el estado tiene la necesidad innegable de alterar sus obligaciones contractuales debido a la precariedad en que se encuentra el sistema; y quienes insisten que el gobierno tiene la responsabilidad de evidenciar que las medidas son necesarias y eficientes antes de implementarlas.

Los representantes legales del magisterio pidieron al Tribunal que declare inconstitucional la Ley 160 debido a que las medidas que impone provocarán el éxodo de hasta 7,000 maestros, lo cual aceleraría la insolvencia del sistema. 'El SRM podría colapsar tan temprano como en 2018. Bajo la ley 160 tenemos la situación de que el sistema podría colapsar antes de no haber hecho nada', enfatizó el representante legal de Educamos, licenciado Rafael Ortiz Mendoza.

La procuradora general, Margarita Mercado, criticó sin embargo esos estimados periciales al decir que no eran confiables. Recalcó que aún con la ventana de retiro, la nueva ley garantiza que las pensiones se puedan salvar por un período de 50 años, según el actuario del gobierno. 'Si no se hace esta medida, va a haber cero pensión. Se les está garantizando todo lo acumulado. Esos derechos se congelan y se continúa pagando un sistema de retiro', explicó a preguntas del juez Luis Estrella.

'O sea que los maestros tienen que estar agradecidos?', cuestionó el juez en un tono sarcástico, a lo que Mercado contestó que los maestros debían estar confiados que la medida era justiciera, al argumentar que no solo era necesaria, sino la única alternativa viable.

La defensa del SRM basó su alegato en las decisiones previas que ha tomado el Tribunal, como en el caso de Trinidad Hernández, en el que se imputó la constitucionalidad de la reforma del sistema de retiro de los empleados públicos. 'No se le puede decir a los empleados públicos que estaba bien lo que te hicieron a ti, pero los maestros son especiales. Sí, son especiales, pero también lo son los enfermeros, los bomberos, los policías', intentó persuadir el licenciado Rafael Escalera.

La licenciada Melissa López - representante de la Asociación de Maestros - mencionó que el estado no demostró que la ley es necesaria con estudios actuariales actualizados e informes sobre los efectos y beneficios de la Ley. El Juez Presidente, Federico Hernández Denton, cuestionó, sin embargo, si eran necesarios nuevos estudios actuariales cuando ya es evidente la situación estructural tan seria del SRM, cuyo déficit alcanza los $10,000 millones.

Los ocho jueces supremos - puesto que el juez Roberto Feliberti se inhibió del proceso - abordaron a las partes demandantes sobre las diferencias fundamentales que tiene la Ley 160 con la Ley 3, que atendía el sistema de retiro de los empleados públicos; y cuestionaron si tenían evidencia de que existían otras alternativas menos onerosas.

López Díaz argumentó que la situación del sistema de retiro de los empleados públicos tenía una situación más frágil que el SRM, cuyos fondos se extienden hasta 2020. La jueza Anabelle Rodríguez le recordó, sin embargo, que debido a que sólo quedan 17 centavos por dólar ya cualifica bajo los estándares de precariedad.

El juez Erick Kolthoff consideró, sin embargo, que más allá del alegato de inconstitucionalidad al Tribunal le corresponde ver si la medida realmente resuelve el problema. 'Es evidente que el SRM está enfermo. El cuestionamiento es si se está dando una medicina que todavía no tiene patente y si de verdad esa dosis era necesaria o si le va a hacer más daño', coincidió Estrella.

Las partes demandadas le recordaron a los jueces que no le correspondía al tribunal evaluar qué política pública era la más apropiada, sino reiterar la constitucionalidad bajo los antecedentes del caso. 'El Supremo no puede obligar a la legislatura a imponer contribuciones', dijo la procuradora general, previo a ser interrumpida por el juez Estrella. 'El rol del tribunal, le voy a aclarar cuál es, y es velar que el estado cumpla sus obligaciones contractuales', mencionó el juez, lo que provocó una discreta celebración entre algunos de los presentes.

La jueza Anabelle Rodríguez le preguntó a Educamos, por su parte, si estaban proponiendo que el estado delegue su función a un ente de ciudadanos privados como lo es el Comité de Diálogo, a lo que se le contestó que meramente se pide evaluar si el estado consideró igual de seriamente otras medidas.

Debido a la abstención de Feliberti, la decisión está en manos de ocho jueces, cinco de los cuales fueron nombrados por la administración de Luis Fortuño, y tres por administraciones del Partido Popular Democrático.

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(GFR Media)
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