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5 puntos para entender la demanda por endosos del candidato independiente Eliezer Molina

El aspirante independiente a la gobernación, Eliezer Molina, demandó a la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) por la cantidad de endosos que le solicitan, cifra que es diferente a la suma que le piden a los aspirantes a ese mismo cargo bajo algún partido político.

¿Qué dice la demanda radicada ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan? Te explicamos en 5 puntos:

El 5 de diciembre el demandante presentó su candidatura ante la CEE para aspirar, de manera independiente y sin afiliación a ningún partido político, al cargo público de Gobernador de Puerto Rico. Posteriormente, el demandante recibió, por parte de personal de la CEE más de 20,000 formularios de peticiones de endosos para ser completados y entregados en o antes del 15 de febrero de 2020. Tras el recibo, el aspirante alegó que hay un problema de leyes en conflicto, pues la Constitución de Puerto Rico establece que 'los requisitos para ostentar el cargo de Gobernador de Puerto Rico, única y exclusivamente, son: la edad (35 años o más), ciudadanía y el lugar de residencia (debe ser Puerto Rico), pero... La Legislatura de Puerto Rico ha aprobado leyes que extienden otros requisitos y que exponen posiciones encontradas sobre las candidaturas a la Gobernación de Puerto Rico. De un lado, el artículo 8.012 en su inciso 1 expone que 'en ningún caso la cantidad de peticiones de endosos para primarias será mayor a 3,000, con excepción de los casos de aspirantes a la Gobernación y Comisionado Residente, para lo cual no será mayor de 8,000'. No obstante, el inciso 2 de ese mismo artículo indica que '[c]andidatos independientes usarán como base para determinar la cantidad de endosos para primarias, el tres por ciento de los votos obtenidos por el candidato electo en las elecciones generales precedentes para cargo público electivo específicamente concernido' (unos 20,000 en el caso de Molina). El recurso legal presentado indica que incisos citados reflejan 'incongruencias de dos disposiciones estatutarias', por lo que solicitan que se declare inconstitucional el artículo 8.012 y que se le permita a todos los aspirantes a la gobernación a presentar 8,000 endosos estén o no estén afiliados a un partido.

El tribunal accedió a adelantar la vista para discutir esta demanda y la señaló para el 14 de febrero a las 9:00 de la mañana, un día antes de la fecha estipulada de entrega de endosos.

Puede ver la demanda pulsando aquí.

Juan Ernesto Dávila, presidente de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) ofrece los resultados finales de la elecciones especiales. (Nahira Montcourt / NotiCel)

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