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Tribunales

Fiscal Parra: “En PR los asesinos tienen más derechos que las víctimas”

Se expresó frustrada ante la aprobación de proyecto senatorial que flexibiliza penas a asesinos y corruptos.

Fiscal Janet Parra.
Foto: Juan R. Costa / NotiCel

La fiscal Janet Parra dijo estar frustrada por la aprobación del Proyecto del Senado 437, que flexibiliza los criterios bajo los cuales la Junta de Libertad Bajo Palabra (JLBP) puede evaluar la concesión de ese beneficio a la mayoría de los confinados, particularmente por asesinato y corrupción.

En un vídeo colocado en las redes sociales, Parra dijo que en Puerto Rico el delincuente ''siempre tiene más derechos que la víctima''.

Confesó su frustración por entender que la medida beneficia al delincuente, no toma en consideración a la víctima del delito y tira por la borda el esfuerzo que realiza la policía y el ministerio Público por arrestar y procesar a las personas que cometen delitos.

“Veo que hay una disponibilidad de ayudar al delincuente, de buscar la manera de que salga a la calle. ¿Y las víctimas qué? Es frustrante porque después que pasamos tanto trabajo, que la Policía y nosotros pasamos tanto trabajo, es como echarlo en un saco roto porque, al fin y al cabo, en este país el delincuente siempre tiene más derechos que la víctima del delito. ¡Que Dios nos ampare!”, dijo Parra con evidente molestia.

Nota relacionada: Senado aprobó hacer más flexible que asesinos y corruptos salgan en libertad bajo palabra

El Proyecto del Senado 437, de la autoría de las senadoras Joanne Rodríguez Veve (Proyecto Dignidad) y Gretchen Hau (Partido Popular Democrático) y a quienes se unieron los senadores William Villafañe (Partido Nuevo Progresista) y Ramón Ruiz (PPD), fue aprobado con una abrumadora mayoría en el Senado de 24 votos a favor y tres abstenidos.

Los cambios que introduce el proyecto son, esencialmente, que todo confinado, no importa la cantidad de años que representa la pena impuesta, podrá ser elegible a libertad bajo palabra a más tardar 15 años desde su reclusión y cinco cuando se trata de un menor procesado y sentenciado como adulto. La fórmula es 75% del tiempo de condena, pero nunca más de 15 años.

Quedan excluidos de esta ventana los convictos “por delitos de agresión sexual o pornografía infantil en cualquiera de sus modalidades”. También, en los asesinatos de primer grado, están excluidos los asesinatos de oficiales del orden público y guardias de seguridad.

Parra sostuvo que es importante que se respeten los derechos de la persona acusada, que haya rehabilitación y que las personas que pasan por el proceso como imputado de delito tengan garantizados todos sus derechos, pero objetó que no se tome en cuenta a las víctimas.

“Hay una gran diferencia entre la persona que delinque y la víctima. La persona que comete un delito, el algún momento, tomó la decisión de cometer ese delito; la víctima nunca tomó la decisión, no quiso ser víctima”, destacó la fiscal quien subrayó que el estado debe proteger a la persona que ha sido víctima de algún delito.

“Creo que hay momentos en la vida en que hay que pensar en las víctimas, en alzar nuestra voz por aquellos que ya no están y por aquellos que aún siguen pagando las secuelas de las decisiones de otros, porque la decisión que tomó el delincuente tiene unas repercusiones en la víctima, que tiene que seguir viviendo con las consecuencias de esos delitos”, agregó.

La reconocida fiscal insistió en que se debió enfocar el esfuerzo en el desarrollo de un efectivo programa de rehabilitación antes de hablar de la posibilidad de reducir condenas.

“Rebajar penas o darle la oportunidad a una persona de ir a una Junta de Libertad Bajo Palabra antes de tiempo sin rehabilitarlo, le crea un problema al Estado. Si usted saca a estas personas a la libre comunidad, va a tener a unas personas reincidentes, porque mientras no estén rehabilitadas, van a volver a cometer delito. El pueblo de Puerto Rico va a tener que volver a gastar esfuerzos en investigarlos, procesarlos y volverlos a encarcelar”, sostuvo.

“Pienso que el camino a seguir aquí era iniciar una política pública de rehabilitación. Una vez usted vea que esa rehabilitación es efectiva, entonces hablamos de disminución de pena”, acotó.

De igual forma, criticó el Proyecto de la Cámara 459, por entender que ‘’va dirigido a cambiar las reglas del juego en la radicación de cargos, específicamente en la Vista de Determinación de Causa para arresto”.

Dicha medida dispone que el Ministerio Público deberá entregar al imputado todas las declaraciones juradas que fueron utilizadas en su acusación previo a su vista para determinación de causa para arresto.