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Justicia recurrirá al Supremo federal para reclamar constitucionalidad de la 'quiebra criolla'

El secretario del Departamento de Justicia (DJ), Cesar Miranda, anunció la determinación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de recurrir al Tribunal Supremo de los Estados Unidos mediante petición de certiorari, en un esfuerzo por que se reconozca la constitucionalidad de la Ley 71 de 2014, Ley para el Cumplimiento con las Deudas y para la Recuperación de las Corporaciones Públicas.

La decisión es producto de un análisis ponderado en el que se concluye que Puerto Rico ostenta el poder de legislar en temas de quiebra de las corporaciones del Estado, toda vez que el Congreso norteamericano excluyó a la Isla de la aplicación del Capítulo 9 de la Ley de Quiebras federal.

El gobierno cuenta con un término de 90 días para radicar la petición de certiorari ante el más alto foro judicial de Estados Unidos.

El pasado lunes 6 de julio, Miranda se expresó decepcionado con la decisión emitida por un panel de jueces del Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito, que tiene el efecto de dejar a los puertorriqueños desprovistos de un proceso ordenado para renegociar las deudas de las corporaciones públicas. La determinación del panel fue respecto al pleito incoado por dos firmas de acreedores de la Autoridad de Energía Eléctrica que demandaron a dicha entidad.

'Acudiremos ante el Supremo federal por entender que la decisión del Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito es errada al adjudicar como válido un ejercicio irracional del Congreso al excluir a Puerto Rico de la aplicación del capítulo 9 del Código de Quiebras federal. Esta acción –sin fundamento alguno en el historial legislativo congresional– continúa perjudicando muy seriamente los intereses de Puerto Rico. Es arbitrario porque no existe una razón concebible para que Puerto Rico se encuentre desprovisto de un instrumento que le permita una negociación ordenada de la deuda pública. Por tratarse de un asunto de urgencia para la seguridad de los servicios esenciales que recibe la ciudadanía, tenemos que insistir en la validez de nuestra Ley 71, que fue la medida aprobada por legislación en Puerto Rico para atender ordenadamente el pago de las deudas de nuestras corporaciones públicas', explicó el titular del Departamento de Justicia.

Miranda opinó además que la presente acción se torna sumamente apremiante ante la declaración conjunta formulada por el Comité Judicial y por el subcomité para la reforma Regulatoria, Comercial y Antimonopolio, referente a que en el Congreso no se cuenta con los votos para adelantar el proyecto HR 870 que extendería a Puerto Rico la aplicación del Capítulo 9 del Código Federal de Quiebras.

El propósito de la Ley 71 de 2014 es reestructurar equitativamente las deudas de las corporaciones, al tiempo que garantiza a la ciudadanía la prestación de los servicios esenciales.

El secretario de Justicia, César Miranda. (Archivo/NotiCel)
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