Código penal otorga más garras a la AEE contra los pillos de luz
Una recien aprobada enmienda al artículo 185 del Código Penal de Puerto Rico para tipificar como delito cualquier alteración a los sistemas o vías de suministro y distribución de electricidad daría más garras a la División de Irregularidades en el Consumo de la Autoridad de Energía Electrica (AEE) para combatir el hurto de energía, informó el jefe de la división, licenciado David Melendez Jimenez.
'Previo a la enmienda solo se tipificaba como delito la alteración o interferencia de los metros o contadores, con la aprobación de la enmienda se incluye como delito la alteración, interferencia u obstrucción del sistema y vías de suministro y distribución de electricidad, con el propósito de defraudar a otro, impedir la medición correcta o evitar el pago del consumo real del servicio', dijo Meléndez Jiménez.
La Asamblea Legislativa enmendó el Artículo 185 de la Ley 146-2012, a los fines de establecer que se considerará como una alteración, cualquier cambio, alteración, modificación, conexión o desconexión de cualquier medidor o contador, o de cualquier pieza, así como la remoción o instalación de cualesquiera equipos ajenos al contador y que modifique o altere el funcionamiento del contador.
A quien se le encuentre causa por violentar el referido Artículo podrá ser sancionado con cárcel por tres años y una multa de hasta $10,000.
'Esta enmienda, es una herramienta adicional que nos provee el estado. Con ella podremos procesar criminalmente a cualquier persona que manipule intencionalmente el sistema eléctrico más allá del metro o contador. Al momento, nos encontramos en el proceso de evaluación de algunos casos que podrían estar presentándose ante la consideración de fiscalía para la posible radicación de cargos', precisó el funcionario.