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Apelativo federal establece residentes en Puerto Rico tienen derecho a recibir seguro social suplementario

El caso surge luego que el gobierno federal le retirara a José Luis Vaello Madero su beneficio de seguro social suplementario por haberse mudado a la Isla.

El Primer Circuito de Apelaciones de Boston, por voz del juez puertorriqueño Juan R. Torruella, decidió hoy que los puertorriqueños tienen derecho a igualdad en el trato que tienen otros ciudadanos estadounidenses bajo el programa de Ingreso de Seguridad Sumplementario (Supplemental Security Income, SSI, en inglés), una decisión muy esperada en un caso en el que el Gobierno de los Estados Unidos ha combatido la posición de los demandantes y que podría tener ramificaciones para los ciudadanos residentes en Puerto Rico con relación a otros programas federales.

La decisión sostiene la que emitió en febrero de 2019 el juez presidente del Tribunal de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico, Gustavo A. Gelpí, favoreciendo al demandante, José Luis Vaello Madero, un puertorriqueño que nació en la Isla, se mudó a Nueva York, donde comenzó a recibir los beneficios del programa, y que los perdió cuando se mudó de regreso a la Isla. Además de perderlos, el gobierno federal le cobró $28,081 que recibió del programa mientras estaba en Puerto Rico.

Vaello Madero reclamó que era una violación de sus derechos el que perdiera la elegibilidad de un programa disponible para los ciudadanos estadounidenses simplemente porque se hubiera mudado a Puerto Rico.

“La exclusión categórica de residentes de Puerto Rico que de otra forma serían elegibles al SSI no está relacionada racionalmente con un interés gubernamental legítimo… No habiendo encontrado hechos, o habiendo (el gobierno federal) alegado alguna teoría adicional que establezca una base racional para la exclusión de los residentes de Puerto Rico de ese beneficio, dicha exclusión de los residentes de Puerto Rico se declara inválida”, concluyó Torruella.

El SSI está disponible para individuos de escasos ingresos que sean mayores de 65 años, ciegos o discapacitados. Contrario a programas como el Seguro Social, que se financia con las retenciones sobre impuestos, el Congreso financia el SSI del Tesoro general.

“Aquí, la clasificación que está siendo retada se puede definir de la siguiente manera: individuos que cumplen con todos los criterios de elegibilidad de SSI, excepto por su residencia en Puerto Rico. Esta clasificación es claramente irrelevante para el propósito expreso del programa, que es proveer asistencia económica a los financieramente necesitados ciegos, discapacitados y envejecientes de la nación", reza la decisión.

Además, ante el argumento del gobierno de que los puertorriqueños no aportaban al fisco con sus ingresos, Torruella apuntó a estadísticas del propio Servicio de Rentas Internas federal (IRS) que evidencian el pago de contribuciones federales en la Isla por encima de estados como: Vermont, Wyoming, South Dakota, North Dakota, Montana, y Alaska.

“Desconocemos, y (el gobierno federal) falla en apuntarnos, a cualquier instancia en la que el gobierno haya justificado la exclusión de una clase de personas de pagos de beneficiencia pública (que no estén atados a retenciones por ingreso) porque no pagaran contribuciones federales”. agregó.

Vea la decisión aquí:

PDF: 19-1390P-01A.pdf

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Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.