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Legislatura

Familia expresa reservas para crear Oficina de Apoyo a la Población Sin Hogar

La agencia sostuvo que el gobierno de Puerto Rico cuenta con un marco legal que atiende a las personas sin hogar o en riesgo de perderlo con un plan consolidado de las distintas agencias que reciben fondos federales para brindar soluciones

Pese a que el Departamento de la Familia considera que la medida para crear la Oficina de Apoyo a la Población sin Hogar tiene un fin loable, la directora de la Oficina de Asesoramiento Legal del secretariado de la agencia, Carolina Guzmán, expresó reservas, ya que se debe evaluar el impacto de la medida en leyes existentes.

La funcionaria se expresó ante la Comisión de Impacto Comunitario en la Cámara de Representantes, presidida por la representante Lydia Méndez Silva, para atender el Proyecto del Senado 788 (P. del S. 788). Esta medida también propone establecer el Plan de Abordaje al Fenómeno del Sinhogarismo en Puerto Rico.

“Como primer paso, la Asamblea Legislativa debería evaluar cómo la medida impacta los esfuerzos que lleva a cabo el gobierno de Puerto Rico, el cumplimiento de otras leyes existentes y la otorgación de los fondos federales”, señaló Guzmán.

De igual manera, Guzmán resaltó la importancia de no poner en riesgo el financiamiento con el que se ayuda a la población sin hogar. Asimismo, sostuvo que el gobierno de Puerto Rico cuenta con un marco legal que atiende a las personas sin hogar o en riesgo de perderlo con un plan consolidado de las distintas agencias que reciben fondos federales para brindar soluciones en unión a las organizaciones sin fines de lucro y municipios.

“La medida que examinamos no parece reconocer los esfuerzos que durante las pasadas décadas han realizado los Sistemas de Cuidado Continuo en conjunto con el gobierno para lograr la meta común de erradicar el sinhogarismo”, señaló la funcionaria.

Mientras que, el subsecretario del Departamento de Rehabilitación y Corrección (DRC), Sixto Marrero, destacó que según el “Perfil de la Población Confinada”, preparado en noviembre de 2019 por la Oficina de Desarrollo Programático de la Secretaría Auxiliar en Gerencia y Administración, solo el 15.32% de los confinados eran propietarios de sus viviendas.

Por otro lado, el 51.38% de los confinados vivían en una residencia de un familiar; el 17.55% en una residencia subsidiada por el gobierno; el 11.99% residía en una vivienda alquilada; y el 1.97% estaba alojado con otros. Mientras que, un 0.73% era deambulante, y 0.22% vivía en un hogar sustituto.

El funcionario explicó que la Orden Administrativa 2018-02 del DCR estableció un procedimiento para la identificación de las necesidades e intereses, como por ejemplo, la vivienda.

“Dicho procedimiento incluye la preparación de un Plan de Egreso, 180 días antes de la salida del confinado, que lo oriente e informe dónde acudir para cubrir sus necesidades una vez se reintegre a la libre comunidad y referidos a las correspondientes agencias de gobierno y organizaciones de la libre comunidad”, abundó Marrero.

Se espera que las vistas públicas relacionadas al P. del S. 788 continúen.