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Economía

Lo que debes saber sobre la tasación virtual del CRIM

El director ejecutivo del CRIM, Reinaldo Paniagua Látimer, comentó que los contribuyentes que ya han recibido notificaciones y quieran objetarlas, tendrán 45 días para apelar ante el organismo.

Las imágenes fueron tomadas en 2017, antes del paso de huracán María.i
Foto: NotiCel

El director ejecutivo del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM), Reinaldo Paniagua Látimer, informó hoy que los contribuyentes podrán acogerse a una moratoria de 45 días de recibir una notificación del organismo sobre la tasación virtual de su propiedad, período en el que podrán apelar.

Antes, el plazo era de 30 días.

Asimismo, Paniagua Látimer informó que al proceso de tasación virtual, un proyecto de fotometría que actualizó la foto de Puerto Rico desde arriba en 2017 (fue antes del huracán María, mientras que la última vez había sido en 2007), se sumaron los municipios, con la idea de que se haga otro paso de validación del proceso.

El vocero del CRIM aclaró que las notificaciones que están recibiendo contribuyentes que no han registrado propiedades o mejoras al CRIM, corresponden al proyecto de Tasaciones CRIM 360, que tiene como meta actualizar los registros del organismo y que fue presentado el año pasado y forma parte del plan fiscal aprobado recientemente por la Junta de Supervisión Fiscal (JSF).

El proyecto, según se explicó en junio del pasado año, consiste en la comparación de imágenes aéreas de fotometría, que datan de 2007, con unas de 2017, mediante las cuales se identifican cambios en las estructuras o construcciones nuevas, que no han sido notificadas ni registradas en el CRIM.

El director ejecutivo explicó que, una vez se identifica el cambio en el predio o estructura, empleados del CRIM validan la información y el contribuyente recibe una notificación informando sobre los hallazgos.

La conferencia de prensa del CRIM en la que se dieron a conocer detalles de la iniciativa
Foto: Juan R. Costa

“Si el contribuyente no está de acuerdo, puede objetar, para que se proceda a inspeccionar la propiedad. Recibir una notificación del CRIM no implica una factura, lo que se pretende es validar que la información que tiene el CRIM sobre esa propiedad es la correcta”, aseguró.

Además, adelantó que como parte del proyecto, el CRIM va a realizar una auditoría de la primera etapa, así como de los procesos de tasación ordinarios que lleva a cabo la institución.

“Este es un proyecto de fotometría. La última vez que se actualizó el catastro digital, que se alimenta de cómo se ve Puerto Rico desde arriba, fue en 2007. Aquí no hay GPS, no hay satélite. Se toma una foto y donde ayer había solar vacío y hoy hay una estructura, ese paga contribuciones; si ayer no había nada y hoy hay una terraza, una piscina, paga contribuciones”, expuso.

Subrayó que “el que estaba exento, sigue estando exento. Lo que se trata aquí es de actualizar, poner al día el registro de propiedades. Primero, con la comparación de fotos; luego, con los tasadores del CRIM, que revisan y validan la información de la foto, que se depura”.

Se insistió en que toda propiedad que su pietaje cuadrado permanezca en niveles de exoneración, seguirá teniendo exención contributiva.

“No se está hablando del tipo contributivo ni de la tasa contributiva. Aquí en algunas ocasiones aumenta el valor de la propiedad y en otras hay una reducción. Es como llenar la planilla… Aquí es igual: si tú sufriste algo que bajó el valor de la propiedad o si lo aumentó, se va a registrar. En ocasiones, hay construcción nueva, pero no sobrepasa el tope de exoneración de la propiedad. Al final, se busca hacer justicia a quienes cumplen con el pago de contribuciones”, declaró Paniagua Látimer.

El sistema ya lo utilizan en estados como Washington y Florida, y en países como España.