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Sigue detenida la implementación de la Ley 80 de Retiro Incentivado

La Ley 80 fue firmada en agosto de 2020 por la entonces gobernadora Wanda Vázquez Garced y garantiza una pensión vitalicia por el 50% del salario más alto devengado por el empleado en los últimos tres años antes de acogerse al programa.

Edificio de las Oficinas del Sistema de Retiro del Gobierno de Puerto Rico. (Archivo/NotiCel)
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A casi ocho meses de haber aprobado la Ley 80 que establece un Programa de Retiro Incentivado, el Gobierno de Puerto Rico no ha podido precisar el impacto económico general que tendría la implementación de la medida ni su viabilidad, sumado a que la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) la ha objetado desde su concepción.

Es la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) quien mantiene custodia del impacto, según han señalado agencias como la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico (OATRH), la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) y el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH). Sin embargo, en vistas públicas ante la Comisión de Gobierno del Senado, ninguna de las cuatro agencias públicas han ofrecido los datos.

“El Departamento del Trabajo descarga en que es la Oficina de Gerencia y Presupuesto quien tiene que tomar la determinación final [para la implementación de la Ley]”, expresó el senador y presidente de la Comisión, Ramón Ruiz Nieves.

Aunque ya se han celebrado dos vistas públicas sobre la medida, la Comisión realizará dos vistas adicionales y volverá a citar a la OGP, ya que en ese entonces a la agencia “le faltaba una data final, de cuánto es el ahorro significativo y cuánto cuestan esos empleados que se van a ir por el Sistema de Retiro”.

La Ley 80 fue firmada en agosto de 2020 por la entonces gobernadora Wanda Vázquez Garced y garantiza una pensión vitalicia por el 50% del salario más alto devengado por el empleado en los últimos tres años antes de acogerse al programa. La medida no aplica a quienes llegaron al servicio público luego del 2000, pero sí a los que entraron bajo las primeras leyes de retiro: la 447 de 1951 y la 1 de 1990.

En una Carta Circular de octubre 2020, la OGP y la Administración de los Sistemas de Retiro (ASR) dispusieron los parámetros para hacer cumplir la ley. No obstante, la implementación de la medida está paralizada, por lo que el Senado aprobó la Resolución 32 para investigar su efectividad y posibles alternativas.

En la exposición de motivos de la medida, la paralización se le adjudica a la necesidad de precisión sobre cómo hacerla cumplir sin perjudicar el funcionamiento gubernamental, su costo para el erario y su cumplimiento con el Plan Fiscal.

Poco antes del cambio de mando gubernamental, la JSF agradeció que el Gobierno de Puerto Rico prometiera detener la implementación de las Leyes 80, 81 y 82 —todas relacionadas al retiro de empleados públicos—, por ser inconsistentes con el Plan Fiscal. Ninguna debía ponerse en marcha, de acuerdo a la misiva, hasta que se llegara a un acuerdo al respecto.

Un estimado apunta a que 17,000 empleados públicos podrían ser elegibles para este programa de retiro incentivado.

En una vista pública, el DTRH afirmó que 500 cualifican para el Sistema de Retiro, pero no pueden acogerse porque reciben salarios compensados con fondos federales. Del mismo modo, 32 empleados solicitaron acogerse, de los cuales 21 son puestos esenciales.

En sus advertencias, la JSF ha asegurado que poner en marcha la Ley 80 implicaría un incremento en los gastos gubernamentales en $8,300 millones durante las próximas tres décadas.

Periodista que cubre temas de gobierno, tribunales y política. También le interesan los deportes, las películas y la música. Es exalumna de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras.