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Legislatura

Avalan medida para que una imputada o convicta embarazada esté bajo arresto domiciliario

La mujer permanecería en el hogar hasta que la criatura cumpla con los seis meses de nacido. Luego, tendrá que ingresar a prisión.

La medida es de la autoría de José Vargas Vidot, Thomás Rivera Schatz, Joanne Rodríguez Veve , Rafael Bernabe y Ana Irma Rivera Lassen y fue radicada el pasado 27 de abril de 2023.
Foto: Archivo/ EFE

El Senado le dio paso a una medida que prohíbe el encarcelamiento a imputadas o convictas de delito mientras estén en estado de embarazo y hasta los seis meses después del alumbramiento de la criatura, quedando bajo restricción domiciliaria hasta que se cumpla el término.

La pieza dispone que no se aplicará a mujeres embarazadas convictas por los delitos de agresión sexual, y/o actos lascivos cuando la víctima sea menor de 16 años, maltrato a menores, pornografía infantil y/o secuestro de menores.

El P de la S 1183 enmienda el Código Penal de Puerto Rico, las Reglas de Procedimiento Criminal y el Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación.

La medida es de la autoría de José Vargas Vidot, Thomas Rivera Schatz, Joanne Rodríguez Veve , Rafael Bernabe y Ana Irma Rivera Lassen y fue radicada el pasado 27 de abril de 2023.

“Hay un estudio de base que cerca del 48% que son confinadas, sus hijos van a seguir la misma trayectoria. No es justo ni humanitario que una mujer que es arrestada, desde el mismo momento de ser arrestada -que hay una Regla 6-, una mera causa probable, si está embarazada, que pase el embarazo en una cárcel”, destacó el senador José Vargas Vidot en un aparte con la prensa.

“El propósito de la ley es que haya una restricción domiciliaria para que la mujer pueda tener su bebé en un hogar y pueda pasar con el bebé seis meses adicionales. Yo hubiera preferido más tiempo como en otros países que se habla hasta de dos años”, continuó.

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Luego del término de los seis meses de nacido, la mujer convicta deberá cumplir la pena como le fue impuesta. Sin embargo, la medida no incluye la opción de que el tiempo que esté bajo estas condiciones sea restado de su sentencia.

Una medida similar ya se había radicado el pasado 7 de mayo de 2018, también por Vargas Vidot y se quedó en el tintero en la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos de la Mujer.

Actualmente existen programas alternos al confinamiento con el que cuenta el Departamento de Corrección y Rehabilitación, como el Hogar Intermedio para Mujeres. Este es un programa que provee servicios a mujeres embarazadas o con hijos de tres años que no cuentan con recursos económicos para su cuido. En dicho programa, los niños residen con las confinadas.

Para el año fiscal 2016-2017, habían 62 participantes activas en el programa de Hogar Intermedio para Mujeres.

La senadora María de Lourdes Santiago también se expresó a favor de la medida.

“Me parece que es un proyecto importante que permite que las mujeres embarazadas o con su bebe recién nacido sean candidatas a arresto domiciliario y no estén sometidas a las condiciones opresivas de la cárcel. Es una medida en beneficio de las madres, pero sobre todo, de los niños y las niñas…Me parece un acierto en el camino de la rehabilitación”, destacó Santiago Negrón.

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Dispone el proyecto que en los casos en que el tribunal fije una fianza y no sea prestada, la imputada tendrá que cumplir con arresto domiciliario. El tribunal también podrá ordenar el ingreso en un programa alterno hasta el alumbramiento o hasta que su hijo haya cumplido los seis meses de nacido.

El proyecto se aprobó de forma unánime y sin debate.

Obtuvo un informe positivo el pasado 12 de febrero por parte de la Comisión de lo Jurídico y desarrollo Económico que preside el líder senatorial, José Luis Dalmau Santiago.

El Departamento de Corrección y Rehabilitación sometió sus comentarios. Sin embargo, el Departamento de Justicia y el Colegio de Abogados no sometieron informe al momento de someterse el informe positivo.

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La secretaria de Corrección y Rehabilitación, Ana Escobar Pabón, avaló la medida, pero explicó en sus comentarios que no quedaba claro que “si aun cuando los tribunales impusieran la pena de restricción domiciliaria, estarían comoquiera obligados a diferir la pena”.

El P de la S 1183 pasará ahora a consideración de la Cámara.

El Senado recesó sus trabajos hasta el próximo lunes.

Periodista con más de ocho años de experiencia en los medios de comunicación de Puerto Rico, enfocada en los temas legislativos y políticos.