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Política

Controversia por la tarjeta electoral de Gigi: Qué dice la Ley Electoral?

El activismo político de la atleta Gigi Fernández para lograr la anexión de Puerto Rico a los Estados Unidos no se limita a la capital federal, sino que hoy, jueves, la posible integrante de la Comisión de la Igualdad reveló que ya tiene su tarjeta electoral lista para votar en los próximos comicios generales de 2020.

La publicación de Fernández en su cuenta de Twitter generó un mar de reacciones de seguidores donde muchos alegaban que ya que la atleta no reside en la isla, sino en Miami, no tiene derecho a votar en Puerto Rico. Ante la disputa surgida, ¿que dice la Ley Electoral sobre el derecho al voto?

{'url':'https://twitter.com/gigifernandez/status/1177257965587456008','author_name':'Gigi Fernandez','author_url':'https://twitter.com/gigifernandez','html':'lt;blockquote class='twitter-tweet'gt;lt;p lang='es' dir='ltr'gt;Llegue!! Me encontre con Zory Fonalleda en el aeropuerto! Directo a la comisión estatal de elección y saque la tarjeta electoral! Gracias por esperarme y sacar tiempo de su hora de almuerzo! lt;a href='https://t.co/wOFaYzr8N6'gt;pic.twitter.com/wOFaYzr8N6lt;/agt;lt;/pgt;-- Gigi Fernandez (@gigifernandez) lt;a href='https://twitter.com/gigifernandez/status/1177257965587456008?ref_src=twsrc%5Etfw'gt;September 26, 2019lt;/agt;lt;/blockquotegt;\nlt;script async src='https://platform.twitter.com/widgets.js' charset='utf-8'gt;lt;/scriptgt;\n','width':550,'height':null,'type':'rich','cache_age':'3153600000','provider_name':'Twitter','provider_url':'https://twitter.com','version':'1.0'}

Inicialmente, la Ley Electoral indica que será elector de Puerto Rico 'todo ciudadano de los Estados Unidos de America y de Puerto Rico domiciliado en la Isla que, a la fecha de una elección haya cumplido los diez y ocho (18) años de edad, este debidamente calificado con antelación a la misma, y no se encuentre legalmente incapacitado para votar'.

Sobre la residencia abunda que todo elector debe votar en el precinto donde tiene establecido su domicilio. Del mismo modo, abunda que un elector no pierde su domicilio por tener una o más residencias, ya sea en Puerto Rico o en Estados Unidos. Sin embargo, establece que el elector debe mantener acceso a la residencia que reclama para votar en Puerto Rico, y tambien 'habitar en ella con frecuencia razonable'.

'Un elector no podrá reclamar que ha establecido su domicilio en una casa de vacaciones o de descanso. A los efectos de esta ley, una casa de vacaciones o de descanso es aquella de uso ocasional, primordialmente dedicada a esos fines por una persona que tiene otra residencia que constituye su centro principal de actividades personales, familiares y de trabajo', indica.

A estos efectos, la atleta podría votar en la isla si mantiene una residencia que se considere como su residencia primordial. Sin embargo, previo a iniciar en el ruedo político hace escasas semanas, Fernández no había dado indicios de vivir en la isla. Por el contrario, ha indicado que como reside en Estados Unidos, quiere 'los mismos beneficios' para los puertorriqueños.

De otro lado, el Código Electoral abunda sobre la posibilidad del voto ausente a residentes que se mantienen fuera de Puerto Rico. Sin embargo, según el documento, se permitirá el voto ausente en personas:

Destacadas en servicio activo en las Fuerzas Armadas, en la Guardia Costanera, en el Servicio de Salud Publica, la Administracion Nacional Oceanica y Atmosferica de los Estados Unidos de America, o en la Guardia Nacional de Puerto Rico.

Cursando estudios fuera de la isla.

Destacadas en el servicio diplomatico o de ayuda exterior del Gobierno de los Estados Unidos de America o en un programa de intercambio de personal entre el Gobierno de Puerto Rico y un gobierno extranjero.

Profesionales y su nucleo familiar que reside en Puerto Rico pero que por razon de trabajo o estudio tengan que estar destacados en el exterior temporeramente por un termino no mayor de once (11) meses.

Trabajando en el Programa de Empleos Agricolas mediante contrato tramitado por el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico.

Empleado o funcionario del Gobierno de Puerto Rico, sus ramas, subdivisiones, dependencias y gobiernos municipales que se encuentre en esa fecha fuera de Puerto Rico en funciones oficiales.

Confinados en instituciones penales en los Estados Unidos.

Tripulantes de lineas aereas comerciales y los marinos mercantes.

Atletas y personal tecnico de apoyo participando en competencias deportivas (o atletas de alto rendimiento que se encuentren en programas de entrenamiento fuera de Puerto Rico el dia de una eleccion.

Bajo estos renglones, Fernández no encaja. No obstante, aunque pudiera asumirse como una de las personas destacada en ayuda al Gobierno fuera de la isla, la atleta no hace parte todavía de ningún organismo oficial del Gobierno de Puerto Rico.

Aunque, el pasado viernes, y luego de que Fernández realizara un viaje a la capital federal junto a la comisionada residente, Jenniffer González Colón, el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz anunció que la recomendaría para la Comisión de la Igualdad, organismo que busca adelantar la estadidad para la isla.

Gigi Fernández (Foto tomada de su cuenta de Twitter)

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