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Tribunales

Defensa de Pablo Casellas solicitará un juicio nuevo

La moción se apoya en la decisión del Tribunal Supremo federal que invalidó los veredictos sin unanimidad.

Pablo Casellas cumple una sentencia de 109 años de prisión por el asesinato de su esposa Carmen Paredes.
Foto: Archivo | NotiCel

La defensa de Pablo Casellas Toro presentará una moción esta semana ante el Tribunal de Apelaciones solicitando la celebración inmediata de un nuevo juicio, luego que el Tribunal Supremo de Estados Unidos invalidó los veredictos criminales sin unanimidad.

Con esta opinión, cambiaron inmediatamente las reglas que gobiernan los causas penales en la isla, donde la Constitución de Puerto Rico contempla el veredicto por mayoría, y se abrió la puerta para los casos donde se planteó la obligatoriedad del veredicto unánime.

A raíz de esta determinación, el licenciado Harry Padilla explicó a NotiCel que la defensa del corredor de seguros realizará dos súplicas en su escrito. Pedirá al foro intermedio que concluya el proceso apelativo ante su consideración y que anule el veredicto condenatorio.

“Tan pronto la declaren con lugar, se deja sin efecto la convicción. Se ordena el nuevo juicio y el caso vuelve al Tribunal de Bayamón”, precisó el letrado.

Ante este escenario y de no surgir algún reparo del Estado, quedaría pendiente la imposición de la fianza para que Casellas Toro pudiese quedar en libertad, mientras se celebra el nuevo juicio.

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Actualmente Casellas Toro extingue una pena de 109 años de cárcel por el asesinato de su esposa Carmen Paredes ocurrido el 14 de julio de 2012, en la residencia de la pareja en Guaynabo. Casi dos años después, el 22 de enero de 2014, un jurado compuesto por seis mujeres y seis hombres lo encontró culpable de cargos por asesinato en primer grado, destrucción de prueba y violación a la Ley de Armas. Pero no se trató de una decisión unánime. La votación de los juzgadores de hechos se dividió 11 a 1.

En entrevista telefónica con este medio digital, Padilla indicó que no había hablado con su representado todavía, pero que se había comunicado con sus familiares para dialogar sobre el alcance de la decisión emitida por el Supremo federal, que anula los veredictos por mayoría.

Recién divulgada la decisión, el licenciado Juan Ramón Acevedo había adelantado a NotiCel que la determinación beneficiaba a Casellas Toro.

“La opinión nuestra es que sí, que aplica, pero eso son cosas complejas. Tenemos que analizar bien la opinión. Aquí hubo litigación sobre este ‘issue’ en el Tribunal estatal. El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió que no procedía el jurado unánime, pero hay otros opciones de nuevo juicio que tenemos que analizar”, indicó Acevedo.

Desde el inicio, la defensa del hijo del fenecido juez federal Salvador Casellas impugnó la decisión del jurado por tratarse de un veredicto sin unanimidad como lo establecen las reglas federales e incluyó ese error en los alegatos sometidos como parte del proceso de apelación, que todavía no ha culminado.

La apelación se bifurcó y se han atendido algunos señalamientos vinculados al caso Pueblo v. Sánchez Valle, otra decisión del Supremo federal que abordó el asunto de la doble exposición a ser juzgado por un mismo delito. En esa ocasión, la curia concluyó Puerto Rico no tenía soberanía propia para encauzar a acusados previamente convictos en el foro federal.

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La defensa compuesta por Padilla, Acevedo, Francisco Rebollo y Arturo Negrón no solo identificó 33 errores en la apelación, también había presentado una petición de “habeas corpus” -a nivel federal- para lograr la excarcelación de Casellas Toro, que todavía no se ha resuelto, bajo el mismo argumento de que un veredicto de culpabilidad por mayoría violaba sus derechos.

Hasta ahora los fiscales Phobe Isales, Janet Parra y Sergio Rubio, que representaron al ministerio público durante el proceso judicial, habían rechazado estos planteamientos amparados en la disposición de la Constitución de Puerto Rico que permite los veredictos por mayoría.

Esta decisión del Tribunal Supremo federal cambia las reglas del juego para el sistema de justicia isleño.

En la opinión emitida ayer en la mañana, la curia declaró invalido el veredicto 10 a 2 que emitió el jurado, que encontró culpable a Evaristo Ramos por un cargo de asesinato en segundo grado. Fue sentenciado a cadena perpetua. En síntesis, la defensa del hombre de Nueva Orleans argumentó que una convicción sin unanimidad violentaba su derecho a un juicio justo consignado en la Constitución de Estados Unidos.

Esta determinación, que anula los veredictos por mayoría, aplicaría en las instancias donde no exista una decisión o sentencia final y firme. Es decir, que abarcaría los casos que tengan recursos pendientes de apelación o en situaciones donde se presentaron mociones al amparo de la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal sobre los trámites posteriores a la sentencia, interpretó Padilla.

Debate sobre el discrimen

Como parte del análisis para refrendar la decisión del Supremo federal, la jueza puertorriqueña Sonia Sotomayor evocó las raíces racistas de los veredictos divididos en Estados Unidos.

Pero mientras en Washington, D.C. afloraba el debate del discrimen racial, en Puerto Rico, los abogados de Casellas Toro rechazaban los veredictos sin unanimidad por sus cimientos discriminatorios contra los independentistas, entre otras razones.

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En mociones radicadas por Padilla y Acevedo después del juicio, los abogados repasaron las leyes aprobadas por el Senado bajo la presidencia de Luis Muñoz Marín para trazar el sesgo anti-independentista del veredicto dividido.

De acuerdo a su análisis, el veredicto por mayoría se instauró para lograr convicciones contra los independentistas en un momento cuando el apoyo a esa causa impedía alcanzar un veredicto unánime.

“Muñoz Marín y Trías Monge como principales defensores de la Ley 53 (Ley de la Mordaza) justificaron su aprobación como una protección del peligro que representaba el partido nacionalista a finales del año 1947 cuando regresó don Pedro Albizu Campos. 'Aquella justificación de Muñoz ha prevalecido hasta hoy día, fomentada por la amnesia colectiva y la ignorancia crasa de los hechos'”, plantearon en una moción radicada hace cuatro años.

Cámara encomendó estudio

Horas después de publicada la decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos sobre los veredictos sin unanimidad, el presidente de la Cámara de Representantes, Carlos ‘Johnny’ Méndez Núñez, ordenó un estudio legal sobre sus consecuencias.

“No cabe la menor duda que esta decisión del más alto foro judicial de nuestra nación tendrá grandes repercusiones en Puerto Rico. Por tal razón, esta Cámara de Representantes ha iniciado un proceso de evaluación detallado del caso y su conclusión para delinear las medidas legislativas necesarias con el propósito de armonizar el sistema jurídico estatal con el de la nación, velando por el derecho de los acusados, mientras que al mismo tiempo se salvaguarda la seguridad del pueblo. Esta histórica decisión cambia el proceder jurídico en Puerto Rico y tenemos que estar seguros de los próximos pasos”, apuntó Méndez Núñez en una comunicación escrita reseñada por este diario digital.

“Es imperativo estudiar la posibilidad de que este precedente jurídico sea aplicable a todos los veredictos de culpabilidad que se han tomado por jurados en la Isla través de toda nuestra historia constitucional para determinar el alcance del mismo, como se procederá a implementar el nuevo estatuto y la legislación necesaria para ello, entre otros asuntos”, agregó.