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Tribunales

Demandan para quitarle requisitos a la licencia de armas

Nuevos giros del Supremo alientan el pleito.

La Ley de Armas de Puerto Rico nuevamente es cuestionada, esta vez por los supuestos requisitos que violan derechos tales como la libre asociación y la imposición de impuestos irrazonables.

Una demanda radicada el 14 de junio en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan por Jose A. Cruz Kerkado, Phoenix Military Inc. y el Centro de Adiestramientos Tácticos de Puerto Rico contra el gobierno de Puerto Rico tiene el propósito de que se declare inconstitucional cualquier requisito de la Ley de Armas que exija afiliación compulsoria a instituciones privadas como la Federación de Tiro y clubes de tiro.

De igual manera, la demanda solicita que se declare inconstitucional el impuesto de $250 sobre el proceso de solicitud del permiso de portación por vía judicial 'por constituir un impuesto sobre el ejercicio de un derecho'.

Entre sus fundamentos legales, la demanda expone dos de reciente desarrollo. Primero, la nueva ley que reconoce la Doctrina del Castillo en la jurisdicción de Puerto Rico (y mediante la cual se libera de responsabilidad legal al que mate a una persona en legítima defensa de su casa o persona) y el caso reciente del Tribunal Supremo federal que elimina la afiliación compulsoria a los sindicatos.

El giro de los demandantes sobre esto es que la licencia de armas requiere que el solicitante este afiliado a un club de tiro y una federación de tiro, lo que sostienen es inconstitucional y subrayan que el tiro al blanco es el único deporte que, para practicarlo, hay que estar afiliado a un club privado.

'Al intentar ejercer plenamente este derecho, la persona se enfrenta a una multitud de requisitos anacrónicos, y algunos de estos requisitos, en al menos dos ocasiones, violan derechos fundamentales. Entre estos, su derecho a la libre asociación, ya que para educarse continuamente durante la vigencia de su licencia de armas se les requiere la compra de un sello federativo y la afiliación a un club de tiro privado afiliado a la Federación (ambas instituciones: privadas), con los costos que esto conlleva, y su derecho a que el proceso de solicitud del permiso de portación a traves del Tribunal, este libre de un impuesto irrazonable de $250.00, a favor de la Policia de Puerto Rico, sobre el ejercicio de un derecho constitucional, sin que tenga razón o participación la Policía, durante el proceso de petición por vía judicial, constituyendo esto un impuesto sobre el derecho a proteger sus vidas, en cualquier lugar. Derecho que nuestro ordenamiento reconoce ya genuinamente', plantea la demanda.

El Artículo 3.04 de la Ley 404 del 11 de septiembre del 2000 ciertamente establece, en lo pertinente al permiso de tiro al blanco que 'no se expedirá permiso de tirador a persona alguna que no sea miembro de un club u organización de tiro al blanco y una federación de tiro, debidamente reconocidos por el Secretario… El poseedor de un permiso de tiro al blanco deberá mantener en vigor su afiliación a un club de tiro debidamente reconocido por el Secretario y a la Federación de Tiro, durante el termino de vigencia de dicho permiso. De no cumplirse con este requisito, el permiso de tiro quedará automáticamente revocado…'.

Como parte del proceso de autorización del permiso, la Policía exige la presentación de un sello de la Federación de Tiro y ese permiso es el único que le permite al ciudadano adquirir municiones, adiestrarse, afiliarse al club de tiro, educarse sobre seguridad y uso de sus armas, y poseer múltiples de armas, para defensa.

'Tanto la compra del sello federativo como la membresía a un club privado durante toda la vigencia de su licencia, conlleva múltiples gastos económicos. Estos gastos se estiman en una cantidad que podría exceder $1,000.00. Nuestros ciudadanos están actualmente subvencionando instituciones privadas, a requerimiento del Estado, de forma compulsoria, esto a pesar de que NO simpaticen promover tiro al blanco como deporte olímpico, ni mantener afiliación paga a un club privado continuamente por espacio prolongado de tiempo', alegan los demandantes a traves de su abogado, el licenciado Humberto Cobo Estrella.

El proceso de tramitación de licencias ha sido blanco recientemente de muchas críticas. Hace unas semanas la Corporación para la Defensa del Poseedor de Licencia de Armas de Puerto Rico (Codepola) denunció que la oficina que se dedica a investigar y emitir las licencias para tenencia y portación de armas se encuentra prácticamente inoperante por la falta de personal.

'A raíz de la falta de presupuesto, no hay personal contratado para hacer esas labores cuando normalmente hay entre 10 a 15 personas trabajando dentro de la oficina, sin contar con los miembros de la uniformada que son investigadores externos y están en las calles haciendo su tarea', aseguró Ariel Torres Melendez, presidente de Codepola.

'Ahora mismo están entrando al sistema las solicitudes para Licencia de Armas que se radicaron en marzo, cuando según la Ley de Armas 404-2000 vigente, la Policía tiene 120 días calendario para investigar y entregar la licencia a cada peticionario. Es inaceptable', dijo Torres Melendez.

La Ley de Armas actual obliga a la Policía a expedir una licencia provisional cuando un solicitante entregue los documentos requeridos y no se le entrega la licencia en el período establecido.

'Este caos redunda en que no se está cumpliendo con la entrega de licencias a los ciudadanos en el tiempo que corresponde', enfatizó.

Puedes leer la demanda aquí:

Armería Bayamón.

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