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Salinas concreta la regulación del "voceteo" y esto es lo que debes saber

Te explicamos lo que contiene la legislación municipal.

Karilyn Bonilla Colón
Foto: Suministrada

El municipio de Salinas, y su alcaldesa, Karilyn Bonilla Colón, han estado en el ojo público desde hace semanas debido a una Ordenanza Municipal que regula la llamada práctica del "voceteo".

Tras quejas por multas que se podrían expedir por esa práctica y peticiones de más apertura, finalmente esta semana la Legislatura Municipal aprobó una medida a esos fines.

Te explicamos lo que contiene a continuación:

- ¿Qué se prohíbe específicamente?

La medida establece que "ninguna persona" podrá utilizar aparatos que "cree o amplifique sonidos"... cuando dicho sonido "sea mayor al nivel de sonido promedio de una conversación entre dos personas a una distancia de 20 pies o más".

- ¿La medida excluye de algún modo a alguien?

Sí, excluye a las personas o grupos que estén participando de "una asamblea de pueblo, paradas, eventos deportivos, religiosos o culturales". Aunque establece que algunos de esos eventos requerirán "permisos". Las iglesias, por ejemplo, están exentas "de domingo a jueves hasta las 10:00 de la noche" y viernes y sábado "hasta las 12:00 de la madrugada". La medida también permitirá competencias de voceteo, aunque no denomina particularmente, qué se cataloga como competencia. Lo que sí establece es que las competencias se realizarán en una "pista de carrera".

- ¿Cómo operarán las denominadas guaguas de sonido?

La medida permite la operación de las guaguas de sonido, aunque establece que tendrán que operar, únicamente, después de las 6:00 de la mañana y "siempre y cuando no exceda los 30 minutos de duración".

- ¿Qué pasa con las maquinarias que también hacen mucho ruido?

La medida también regula las máquinas que hacen ruido y por ejemplo, trabajan para reparar o demoler alguna construcción. Estas no podrán operar entre 8:00 de la noche a 7:00 de la mañana.

- ¿Qué pasa si violas el reglamento?

La primera infracción establecerá una multa de $500 y la segunda, una de $1,000.

PDF: Ordenanza Núm 8 Serie 2020-2021 Voceteo Oficial-1.pdf