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Dos interrogatorios legislativos y todavía no se sabe por qué DCR soltó a Ávila después de negarse

Secretaria de Corrección cambia los hechos y defiende la liberación “compasiva” de confinados, aunque la ley no lo permite como se hizo en el caso de Hermes Ávila Vázquez.

La secretaria del DCR, Ana Escobar, escoltada en el Capitolio por el legislador penepé Gabriel Rodríguez.
Foto: Juan R. Costa

Tras la interpelación ayer en la Cámara de Representantes, un ejercicio que siguió a otra vista pública en el Senado la semana pasada, la secretaria de Corrección, Ana Escobar Pabón, todavía no ha dado una respuesta directa sobre por qué la agencia que dirige acabó liberando al asesino Hermes Ávila Vázquez, a pesar de que antes se había negado a hacerlo.

En la comparecencia, la jefa del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) cambió los hechos del caso en un esfuerzo aparente por hacer que la controversia se mueva al campo etéreo de leyes que se pueden interpretar de distintas maneras, en vez de los hechos precisos de por qué la agencia decidió dejar al convicto en la libre comunidad bajo una ley cuando, bajo la misma ley, habían dicho antes que no cualificaba.

La interpelación cameral, un ejercicio de seis horas y media dividido en más o menos una hora de preguntas pertinentes y cinco de divagaciones, no tuvo ninguna línea de preguntas dirigidas a exponer eso.

Según una sentencia apelativa, en 2016 el DCR concluyó que Ávila Vázquez no merecía un pase bajo la Ley 25 que provee para la liberación discrecional, no obligatoria, de un confinado que padezca sida o una enfermedad terminal, definida como una condición que causaría la muerte en seis meses. El confinado cargaba ya con diagnósticos de paraplejia, vejiga neurogénica, asma bronquial, Hepatitis C y Síndrome Degenerativo Cervical Severo. Pero Corrección dijo que no ameritaba el pase porque “la movilidad del (confinado) no es limitante; puede participar en actividades del diario vivir y se encuentra estable en sus condiciones”. Añadieron que su prognosis de vida es mayor a los seis meses y que la agencia podía darle el cuidado médico necesario.

En su ponencia ayer, Escobar Pabón amplió que en 2019 hubo otra evaluación médica con el propósito de cotejar si calificaba para el pase. Con el mismo cuadro clínico, los médicos de la privatizadora de servicios médicos correccionales, Physician Correctional, no lo recomendaron por entender que estaba en condición estable.

Vea: Physician Correctional nunca pidió expediente de Hermes Ávila Vázquez al FSE

En 2022 vino otro intento del convicto por salir debido a sus condiciones médicas. Era el tercer intento, pero el primero bajo la Administración Pierluisi con Escobar Pabón a la cabeza de la agencia. El panel de médicos recomendó en febrero de 2022 que se le concediera el pase y la agencia lo liberó en abril de 2023. El panel no estaba constituido según requería la ley y la propia secretaria dijo que la recomendación tiene “inconsistencias en la documentación médica, discrepancias en diagnósticos y ausencia de evidencia que confirme los mismos”. Casi un año pasó entre la recomendación y la liberación. Un año en el que Ávila Vázquez no se murió de una enfermedad terminal. No hubo explicación para por qué en abril de 2023 la agencia decidió que era meritorio lo que no lo era en 2016 ni 2019.

Tampoco hubo explicación sobre por qué Ávila Vázquez salió a vivir a casa de la amiga de una enfermera correccional con la que había desarrollado una relación personal, en vez de a la casa de un familiar como lo requiere el reglamento, ni sobre por qué no se le hicieron visitas quincenales al convicto para cotejar si seguía mereciendo el privilegio del pase. En abril de 2024, Ávila Vázquez degolló a Ivette Joan Meléndez Vega, sumándola a la lista de al menos cinco víctimas que se le atribuyen oficial o extraoficialmente al ofensor sexual registrado.

En una estrategia que se despliega desde la vista la semana pasada en el Senado, la secretaria abiertamente cambió los hechos para decir que el pase de Ávila Vázquez fue por “el Artículo 16 del Plan de Reorganización Núm. 2-2011 por condición fisiológica limitante y no al amparo de la Ley 25”. Esto, a pesar de que fue la misma agencia la que dijo que había sido bajo la Ley 25 cuando Ávila Vázquez fue arrestado por el asesinato de Meléndez Vega, y de que el mismo confinado dijo a La Fortaleza en una carta a puño y letra en agosto de 2022 que el pase se le había concedido bajo la Ley 25.

Con el cambio, Escobar Pabón intenta escaparse del lenguaje claro de la Ley 25, que requiere una determinación de enfermedad terminal, para ampararse en el Plan de Reorganización, que le inyecta más flexibilidad y ambigüedad a la decisión porque sería un pase por prognosis de vida corta con condiciones fisiológicas limitantes. Para esto, solo se requeriría certificación médica y determinación de que no sería un peligro para la comunidad.

Vea: Corrección había determinado en 2016 que Hermes Ávila no era un enfermo terminal

Aún así, el representante del Partido Independentista Puertorriqueño, Denis Márquez Lebrón, la llevó a aceptar que en el caso de Ávila Vázquez el expediente no tiene una determinación de enfermedad terminal o prognosis de vida corta, por lo que se violó la ley sea que se le aplique la Ley 25 o que se le aplique el Plan de Reorganización.

Además de negar que fuera bajo la Ley 25, la secretaria disputó que bajo el Plan de Reorganización se requiera que el confinado tenga las dos cosas, condición terminal y condición fisiológica limitante, en vez de solo una de las dos.

“[N]o guarda relación, si esta es una ley compasiva, el hecho que única y exclusivamente usted tenga una condición de salud crítica que está a punto de fallecer y en adición a eso usted tenga también una condición fisiológica limitada”, argumentó la secretaria.

“Perdona que le interrumpa, pero no hay discreción para eso, es un mandato de ley… La ley lo dice, pueden hacer todas las evaluaciones que entiendan, la pregunta es precisa, al 7 de marzo del 2022, al no existir la prognosis de vida corta de los seis meses, no se cumplió con la ley, no se cumplió con ese requisito, no podía ser excarcelado, no creo que requiera mucho más análisis que la ley lo dice de manera específica”, ripostó el legislador.

A preguntas del legislador del Movimiento Victoria Ciudadana, José Bernardo Márquez Reyes, la secretaria precisó que solo cinco de los 21 casos de confinados con pase por motivo de salud tienen certificación de enfermedad terminal. Esos 21 casos incluyen siete convictos por asesinato y seis por agresión sexual. Solo dos pases han sido revocados, incluyendo el de Ávila Vázquez.

Escobar Pabón indicó que la investigación interna que realiza la agencia sobre la liberación de Ávila Vázquez, y por la cual ya se encaminan a separar de su cargo a la enfermera con la que tuvo una relación, debe terminar para el 24 de mayo.

La funcionaria intentó establecer varias veces que no autoriza los pases personalmente sino que la discreción está delegada a otra empleada, Celia Cosme, pero confesó que ella misma había firmado un pase (el de la única confinada a la que se le ha concedido) y que conoce a Cosme desde 1991.

“La responsabilidad del Departamento de Corrección y Rehabilitación es mía”, confesó cuando el legislador independiente Luis Raúl Torres la presionó sobre el punto de que la delegación a Cosme no elimina que la responsabilidad por los pases recae en la secretaria.

Para leer la ponencia de la secretaria, pulse aquí.

PDF: Memorial Interpelacioìn RC1163 final (1).pdf

Vea:

Secretaria de Corrección revela que investigan tres casos similares al de Hermes Ávila

Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.